Hola a todos y todas. Reitero este post acá, a ver si me pueden da una mano:
Tengo el siguiente caso. El cliente fue multado por el ministerio de trabajo a pagar $ 5500 por incumplimiento de la legislacion laboral, en el año 1992 a partir del procedimiento de la ley 18695.
El Sr. nunca comparecio a las audiencias, y como consecuencia de ello le imponen la multa (la cual fue debidamente notificada y no se apeló). Luego el MTSS pide a un juzgado laboral la conversion en pena de prision, la cual fue fijada por ese organo en 5 días.
La resolucion que fijo la pena de prision se notificó el 31/8/98. Contra la misma nunca se interpuso recurso alguno.
Con posterioridad el MTSS solicito pedido de captura a la PFA, el cual fue notificado al Sr. el 31/12/2009.
Es correcto: a) ¿pedir la prescripcion de la pena?; b) en ese caso, tendria que pedir la prescripcion de la pena de multa (solamente); c) en caso de pedirlo asi, lo correcto seria pedir que el ministerio gire el expediente al juzgado laboral y allí solicitar la prescripcion de la pena? d) la notificación de la captura interrumpe la prescipcion de la pena, suponiendo que puede asimilarse a lo establecido en el inciso d) del art. 67 del código penal (aun no encontré jurisprudencia al respecto).
Gracias!
Tengo el siguiente caso. El cliente fue multado por el ministerio de trabajo a pagar $ 5500 por incumplimiento de la legislacion laboral, en el año 1992 a partir del procedimiento de la ley 18695.
El Sr. nunca comparecio a las audiencias, y como consecuencia de ello le imponen la multa (la cual fue debidamente notificada y no se apeló). Luego el MTSS pide a un juzgado laboral la conversion en pena de prision, la cual fue fijada por ese organo en 5 días.
La resolucion que fijo la pena de prision se notificó el 31/8/98. Contra la misma nunca se interpuso recurso alguno.
Con posterioridad el MTSS solicito pedido de captura a la PFA, el cual fue notificado al Sr. el 31/12/2009.
Es correcto: a) ¿pedir la prescripcion de la pena?; b) en ese caso, tendria que pedir la prescripcion de la pena de multa (solamente); c) en caso de pedirlo asi, lo correcto seria pedir que el ministerio gire el expediente al juzgado laboral y allí solicitar la prescripcion de la pena? d) la notificación de la captura interrumpe la prescipcion de la pena, suponiendo que puede asimilarse a lo establecido en el inciso d) del art. 67 del código penal (aun no encontré jurisprudencia al respecto).
Gracias!