Un cordial saludos a todos los colegas, soy nuevo en el foro, el cual me parece super interesante y de gran ayuda para los q empiezan como es mi caso.
La consulta es la siguiente, tengo un cliente con un juicio ejecutivo en san martin q se inicio en el año 2002. Al dia de hoy continua. El monto inicial era de 1190 pesos. Se hizo solo una liquidacion en el año 2004 y ascendio a 2700 pesos. Fuera del expediente, hable con la otra parte (forma credito) y no quiere negociar y me dice q la deuda es de 4600 pesos. Mi cliente no tiene la posibilidad de pagar ese dinero actualmente, encima de eso se aplico astreintes al empleador por no depositar las sumas de dinero que le fueron solicitadas. En el expte no hay movimiento de hace 4 meses. Promera pregunta: se puede inteponer caducidad de instancia despues de declarada la sentencia? segunda: Se puede interpoiner astreintes a terceros? tengo entedido q es solo para las partes. Tercera: que me pueden recomendar para q me cliente pague solo lo estuiipulado como capital inicial en la demand o despues de la liquidacion y no q siga aumentado el monto hasta el infinito porq con lo q el puede pagar por mes solo llega a afrontar los intereses. Desde ya muchas gracias
Maiqui
La consulta es la siguiente, tengo un cliente con un juicio ejecutivo en san martin q se inicio en el año 2002. Al dia de hoy continua. El monto inicial era de 1190 pesos. Se hizo solo una liquidacion en el año 2004 y ascendio a 2700 pesos. Fuera del expediente, hable con la otra parte (forma credito) y no quiere negociar y me dice q la deuda es de 4600 pesos. Mi cliente no tiene la posibilidad de pagar ese dinero actualmente, encima de eso se aplico astreintes al empleador por no depositar las sumas de dinero que le fueron solicitadas. En el expte no hay movimiento de hace 4 meses. Promera pregunta: se puede inteponer caducidad de instancia despues de declarada la sentencia? segunda: Se puede interpoiner astreintes a terceros? tengo entedido q es solo para las partes. Tercera: que me pueden recomendar para q me cliente pague solo lo estuiipulado como capital inicial en la demand o despues de la liquidacion y no q siga aumentado el monto hasta el infinito porq con lo q el puede pagar por mes solo llega a afrontar los intereses. Desde ya muchas gracias
Maiqui
