Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Eximición de prisión

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #582251  por jeanvaljean02
 
Mi defendido está imputado por robo con armas, no tiene antecedentes, no fue procesado aún, qué les parece, tiene cita para rueda de econocimiento, ¿espero el resultado de la rueda? ¿o pido ahora la eximición de prisión? (no hubo indagatoria todavía)
Gracias
JV
 #582253  por feragus
 
Pedi la exención de prisión, hacé hincapié en las condiciones personales de tu asistido y que no hay presunción de que se vaya a fugar.
 #582263  por jeanvaljean02
 
Entonces la pido antes de la rueda de reconocimiento, gracias Feragus, el lunes ya comienza la feria en mi jurisdicción, ¿la pido en la feria igualmente?
 #584358  por Gorkpa
 
Buen día...
Quizás la respuesta sea tardía. Tenga en cuenta la jurisdicción donde presentará el escrito.
Eximición y excención son terminos distinos según sea CABA o Pcia Bs As.
 #584404  por poorlaw
 
Gorkpa escribió:Exención...me corrijo :)
Buenasss...

Según la real cagademia, el efecto de eximir es exención, no existe la palabra eximición, pero así está en el procesal de prov.Bs.As., en una suerte de neologismo bonaerense. Una vez discutimos esto en el Bar, en un extraño momento de sobriedad.
 #584407  por Gorkpa
 
Está en lo correcto estimado colega poorlaw...
Lo manifestado estaba dirigido a que se tenga presente el término ya que, al variar las jurisdicciones y los CPP, algunos juzgados ven en ese detalle la oportunidad de rechazar un escrito (solo con la finalidad de poner unas piedritas en nuestro diario trajinar) :) Un saludo
 #584457  por jeanvaljean02
 
gracias a todos, en el código de mi provincia que es Río Negro, dice "eximición", ya la pedí el lunes y ayer me la dieron, por lo que palabras mas o menos, todo lo que me dijeron fue útil
saludos
JV