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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #584610  por lupelupe
 
Les hago una consulta, cuando un trabajador es dado de alta como consecuencia de un accidente inculpable, y habiendole quedado un cierto grado de incapacidad, las obligaciones del empleador, cuales serían? Se le va a dar un trabajo acorde a las tareas que pueda prestar, pero el empleador no tiene que pagar nada mas, no?
Y además, en la C.D. que se le va a enviar , informandole que se puede reincorporar al trabajo "de acuerdo al alta medico ..." le aclaro desde que fecha y hasta que fecha duró su licencia y las tareas que va a prestar? Es necesario realizar algun contrato nuevo, o con la C.D. especificando las tareas nuevas asignadas ya esta?
bueno, al final fueron como 10 preguntas!!! Agradezco en lo que me puedan orientar, Salutes!!!
 #584619  por DraSolcito
 
Lupe,

El empleador tiene la obligación de reincorporarlo y, si las tiene, darle tareas livianas o acordes a su capacidad, si el médico así lo indica. Si se las dá, listo, no paga más nada. Si no tuviera esas tareas y debe despedirlo, se paga la indemnización del 247. Si las tuviera y no se las quisiera dar, debería pagar el 245.

No me parece que haya necesidad de mandar una CD pero tampoco me parece una mala idea. Quizás podrías aclarar qué tareas se le van a dar, de acuerdo con lo indicado por el médico, como para atajarte a futuro y que no te vengan con un uso abusivo del ius variandi...

El trabajador tenía contrato por escrito? Está por tiempo indeterminado? Si no tenía contrato por escrito y está contratado por tiempo indeterminado, no veo la necesidad de firmar un contrato.

Espero haber ayudado!