Necesito notificar a mi propio cliente de la sentencia de divorcio. Ahora el trabaja todo el dia y no esta en casa y no recibio la primera notificacion comun y me vino de vuelta firmada por el notificador. Ahora debo mandarle la segunda... quisiera poner definitivamente bajo responsabilidad de la parte actora, pero creo que debo intentar con dias y horas inhabiles primero.¿No podria poner definitivamente domicilio constituido, ya que asi la tiran bajo la puerta. Lo que pasa es que el domicilio contituido es el mio(casillero), pero el domicilio de el esta denunciado como real en la demanda.... ¿Que me aconsejan? Es que se pasan los meses(Provincia) en puras notificaciones y uno cobra el dia del arquero....