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Nuevo Foro para los amantes del Derecho Tributario. Saludos a la AFIP
 #585845  por Saimereg
 
Hola a todos, soy abogado pero la verdad que no manejo mucho el tema tributario, por eso acudo a los expertos.- El tema es el siguiente, mi mujer es arquitecta y está por entrar a trabajar en una empresa, en la cual le pagaran $4500 de salario bajo relación de dependencia, a su vez ella está anotada en la minima categoría del monotributo, lo que hace entender un ingreso máximo de $1500 (creo no?).- La pregunta es la siguiente, como se configuraría aquí el pago del impuesto a las ganancias?.- le suman los dos ingresos, osea $ 6000 al mes, o tendría que pagarlo unicamente por el exedente que tendría de los $4500?.- De todas maneras iremos a hablar con un contador esta semana, pero quiero tener alguna aproximación de como funcionari.-
Si alguien me puede aclarar la cuestión se lo voy a agradecer.- Muchas gracias a todos.-
 #585860  por SERL03
 
Hola, el tema es asi: por la categoria minima de monotributo podes facturar $ 24000 al ano es decir $ 2000, mensuales.
Para categorizarte, es decir para establecer la categoria q te corresponde en el monotributo, los ingresos por relacion de dependencia no se deben considerar, y ganancias por relacion de dependencia se lo retendra el Empleador, de corresponder, pero solo por el sueldo, sin considerar los ingresos del monotributo.
 #585923  por Reynaldo
 
El monotributo reemplaza al impuesto a las ganancias (y al iva también). Por lo que tu mujer no tiene que considerar su trabajo independiente para calcularlo. Sí tiene que estar chequeando que sus ingresos no superen su categoría de monotributo (sino habrá que recategorizar).

Por otro lado, y como dijo mi preopinante, es el empleador el que se ocupa de calcular y liquidar la retención por el impuesto.

Saludos!
 #586243  por miletrado
 
Hola
soy Contador y Abogado

El tema es así

El trabajo en relación de dependencia es un régimen distinto al monotributo, es decdir si pasa los minimos no imponiobles en el trabajo en relacion de dependencia le pueden descontar ganancias de 4 categoría. ya que es independiente del monotributo.

loq ue si debe hacer tu sra es cambiar los datos del monotributo, ya que si trabaja en relacion de dependencia solo debe pagar el com ponente impositivo y no debe pagar el componente de jubilacion ni de obra social.

Consejo, asesorate con un contador.

Saludos