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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #586875  por ezequielunr
 
Bueno eso depende de la práctica de cada uno.
En rigor de verdad, nunca es obligatorio celebrar un pacto de cuota litis.
 #586900  por ezequielunr
 
ezequielunr escribió:Bueno eso depende de la práctica de cada uno.
En rigor de verdad, nunca es obligatorio celebrar un pacto de cuota litis.
Eso sí Fernando, si lo celebra deje en claro quién carga con el pago de I.V.A., caso contrario lo pagará el profesional viewtopic.php?f=12&t=107584
 #586910  por Tuiti
 
Insisto, si por acompañarlo a firmar un acuerdo me pagan esa suma :arrow: lo llevo a UPA y descalza !!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!! :lol:
Ahora, si debo revisarlo y opinar, me parece poco. :roll:
 #586941  por GU
 
Tuiti escribió:Insisto, si por acompañarlo a firmar un acuerdo me pagan esa suma :arrow: lo llevo a UPA y descalza !!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!! :lol:
Ahora, si debo revisarlo y opinar, me parece poco. :roll:
Ok, vos lo llevas a upa descalza, y yo lo reviso. Vamo´y vamo´.

Dejense de joder, no se puede cobrar el 20% y el 20%. En primer lugar, si quieren ponerse legalistas, al trabajador no se le puede cobrar mas del 10% en seclo.

En segundo lugar, si soy el trabajador y pretendes cobrarme un 10% del monto del acuerdo para acompañarme a firmar este acuerdo, que te lo estoy sirviendo en bandeja, te saco a patadas y me consigo otro boga.

En tercer lugar, si yo soy el banco, y vos pretendes cobrarme el 20%, y tengo que pagar 100000 lucas solo para que vayas a firmar un acuerdo, te lo pago sin acuerdo, y reclamame la diferencia que seguramente no supere ese importe de honorarios. Haceme el juicio y ganatelas.

Estos temas se manejan con cautela, pero no con los parametros habituales de honorarios. Regalar el trabajo no, pero tampoco regalar el trabajo del cliente (si la torta la pone el banco, alla ellos).

Salutes!
 #586961  por Tuiti
 
GU escribió:
Tuiti escribió:Insisto, si por acompañarlo a firmar un acuerdo me pagan esa suma :arrow: lo llevo a UPA y descalza !!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!! :lol:
Ahora, si debo revisarlo y opinar, me parece poco. :roll:
Ok, vos lo llevas a upa descalza, y yo lo reviso. Vamo´y vamo´. De acuerdo, pero porfi llevalo vos a upa unas cuadras porque pesaaaaaaaa !!!

Dejense de joder, no se puede cobrar el 20% y el 20%. En primer lugar, si quieren ponerse legalistas, al trabajador no se le puede cobrar mas del 10% en seclo. Coincido.

En segundo lugar, si soy el trabajador y pretendes cobrarme un 10% del monto del acuerdo para acompañarme a firmar este acuerdo, que te lo estoy sirviendo en bandeja, te saco a patadas y me consigo otro boga. Coincido.

En tercer lugar, si yo soy el banco, y vos pretendes cobrarme el 20%, y tengo que pagar 100000 lucas solo para que vayas a firmar un acuerdo, te lo pago sin acuerdo, y reclamame la diferencia que seguramente no supere ese importe de honorarios. Haceme el juicio y ganatelas.Coincido.

Estos temas se manejan con cautela, pero no con los parametros habituales de honorariosCoincido. Regalar el trabajo no, pero tampoco regalar el trabajo del cliente (si la torta la pone el banco, alla ellos).

Salutes!
 #586999  por GU
 
Ahhh no! Si lo tengo que llevar un par de cuadras, tenemos que cambiar el vamo´ y vamo´.

Salutes!
 #587003  por ezequielunr
 
GU me diste en el tobillo con lo del 10% del "SECLO" (incluso desconozco qué es) por lo demás, es lo que afirmé más arriba, el trabajo que hoy hacés por 5, otros lo hacen por 1.
Saludos.
 #587090  por Tuiti
 
GU escribió:Ahhh no! Si lo tengo que llevar un par de cuadras, tenemos que cambiar el vamo´ y vamo´.

Salutes!
No hay problema,lo readecuamos.
El 20% para vos y el 80% y 2 pares de botas para mí. 8)
 #587321  por DAL
 
GU escribió:
Tuiti escribió:Insisto, si por acompañarlo a firmar un acuerdo me pagan esa suma :arrow: lo llevo a UPA y descalza !!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!! :lol:
Ahora, si debo revisarlo y opinar, me parece poco. :roll:
Ok, vos lo llevas a upa descalza, y yo lo reviso. Vamo´y vamo´.

Dejense de joder, no se puede cobrar el 20% y el 20%. En primer lugar, si quieren ponerse legalistas, al trabajador no se le puede cobrar mas del 10% en seclo.

En segundo lugar, si soy el trabajador y pretendes cobrarme un 10% del monto del acuerdo para acompañarme a firmar este acuerdo, que te lo estoy sirviendo en bandeja, te saco a patadas y me consigo otro boga.

En tercer lugar, si yo soy el banco, y vos pretendes cobrarme el 20%, y tengo que pagar 100000 lucas solo para que vayas a firmar un acuerdo, te lo pago sin acuerdo, y reclamame la diferencia que seguramente no supere ese importe de honorarios. Haceme el juicio y ganatelas.

Estos temas se manejan con cautela, pero no con los parametros habituales de honorarios. Regalar el trabajo no, pero tampoco regalar el trabajo del cliente (si la torta la pone el banco, alla ellos).

Salutes!
Alguien me pasa un icono de aplausos gigantes que no tengo y quiero poner acá???
 #587577  por Gyzella
 
Me quedo una duda: Al final cuanto le van a cobrar?????
El 5 % a cada lado o le decis que le cobras tus honorarios al bco y le cobras el 5 % por ejemplo!
Al final la preguntita era mas interesante de lo que parecia.. mmmhhh!! (Para pensar!)
Saludos.-
 #587613  por juanchostock
 
Gyzella escribió:Me quedo una duda: Al final cuanto le van a cobrar?????
El 5 % a cada lado o le decis que le cobras tus honorarios al bco y le cobras el 5 % por ejemplo!
Al final la preguntita era mas interesante de lo que parecia.. mmmhhh!! (Para pensar!)
Saludos.-

estimados
en el 2003 estuve en una reestructuracion de una editorial bastante grande
cuando se hacen de esta forma la ley laboral obliga a que los trabajadores se desliguen de la empresa
celebrando un acuerdo mediante escribano publico y un abogado que lo asista
las 4 veces que estuve es solo a los efectos formales con contratos que eran standards y que lo importante eran los montos
qe ya se habian negociado

con lo cual me parece de lokos cobrar el 20% en este caso
creo que a mi entender hay casos que corresponde cobrar un 20% y en estos casos regular los honorarios por el tiempo dispensado
es decir, cargarle time sheets de un abogado que cada uno evaluara, 300 pesos la hora?
 #587638  por Gyzella
 
Ahh! No esta mal tu propuesta no se me habria ocurrido.
Como en EEUU que te cobran por hora.-
Entonces podrías decir, que el tramite lo cobrás por ejemplo $1.500 que es lo que estimas justo por la utilización de tu tiempo, independientemente del monto del Acuerdo.-
Buena opción!!! saludos.-
 #587673  por pepecurdele
 
colegas hay que ser realistas, si pretendemos cobrar el 20 + 20 por acompañar a un tipo a firmar el convenio en el ministerio de trabajo, mas que un buen honorario seria un buen atraco, no tengo presente la ley arancelaria de capital federal, pero eso se trata de honorarios por labor extrajudicial y seria una locura cobrar mas de lo que se podria lograr en un juicio, sin honorarios de camara jamas llegue el 20 % de regulacion en Capital- En segundo lugar un empleado bancario que cobre esa indemnizacion se debe tratar de por lo menos un funcionario y por lo tanto cuando le digas que le cobras 160.000 lucas va a salir despavorido pensando que con esa guita no solo se contrata un boga para que lo acompañe sino que logra contratar un estudio juridico completo con Justo Lopez y Vazquez Vialard a la cabeza.
En cuanto al banco le pasas 160.000 lucas y seguro que llama a la cana, nos meten presos por asalto y salimos en Cronica TV.
Yo por lo pronto puedo colaborar poniendo mi espalda para que el bancario apoye el convenio al firmarlo y acarrearlo yo solo en un balancin chino desde el ministerio hasta su casa.
 #588395  por fernando hugo
 
juanchostock escribió:
Gyzella escribió:Me quedo una duda: Al final cuanto le van a cobrar?????
El 5 % a cada lado o le decis que le cobras tus honorarios al bco y le cobras el 5 % por ejemplo!
Al final la preguntita era mas interesante de lo que parecia.. mmmhhh!! (Para pensar!)
Saludos.-

estimados
en el 2003 estuve en una reestructuracion de una editorial bastante grande
cuando se hacen de esta forma la ley laboral obliga a que los trabajadores se desliguen de la empresa
celebrando un acuerdo mediante escribano publico y un abogado que lo asista
las 4 veces que estuve es solo a los efectos formales con contratos que eran standards y que lo importante eran los montos
qe ya se habian negociado

con lo cual me parece de lokos cobrar el 20% en este caso
creo que a mi entender hay casos que corresponde cobrar un 20% y en estos casos regular los honorarios por el tiempo dispensado
es decir, cargarle time sheets de un abogado que cada uno evaluara, 300 pesos la hora?

REALMENTE ME PARECE LA SOLUCION MAS RAZONABLE.