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  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #586776  por DrCiclón
 
Claudialo escribió:
DrCiclón escribió:
Mi respuesta ante estas consultas es siempre la misma, si queres que te salga barato, paga como tenes que pagar, sino pagame a mi y a los ex trabajadores.

jjajajajaajaja....me gustó, ta bueno, lo copio lo copio.... :lol: :lol:

NOTA: No me reclamar que te pague derecho de autor no? :?

No, no te cobro por esta, pero al menos mencioná la fuente!

Un abrazo.
 #586964  por flux
 
Por eso me pidió que lo asesore sobre que puede hacer firmar, antes de tomar una persona ,para reducir riesgos
Un reconocimiento de deuda con clausula de via ejecutiva y sin estar causado el motivo del reconocimiento.

Si se hace el loco laboralmente le metes el ejecutivo en la justicia civil y/o comercial, da igual que el derecho laboral bla bla bla, al juez civil y/o comercial le importa un pomo el derecho laboral y lo que tiene en vista es un documento abstracto. Como el juicio ejecutivo corre rapido solicitale embargo sobre las sumas que pudiere percibir sobre el juicio laboral que estuviere haciendo, de vuelta, el que ordena esto es el juez civil y/o comercial, por lo que la opinion del juez laboral no interesa y la orden de embargo esta firme. Que se mate el empleado discutiendo respecto de la causa del documento abstracto y denunciando fraudes y bla bla bla, pero la realidad es que no va a poder con eso frenar el embargo, ni siquiera si metiera una denuncia penal como, porque el embargo al menos te lo dan una vez que tengas la firma reconocida y con eso ya le arruinaste el juicio laboral completamente.

Ahora bien, como logras que un empleado te firme un documento asi? bueno, si no lo firma no lo tomas.
 #586998  por GU
 
Che... desde cuando pasamos de ser un foro de interconsulta profesional, a un foro de interconsulta garcal?

Me parece que estamos meando fuera del tarro con algunos consejos.

Salutes!
 #587004  por ezequielunr
 
GU escribió:Che... desde cuando pasamos de ser un foro de interconsulta profesional, a un foro de interconsulta garcal?

Me parece que estamos meando fuera del tarro con algunos consejos.

Salutes!
:lol: "Defensa fría y sin corazón" sería el lema para ir con el empleador ¿justa o injusta? bueno... todos necesitan quien los defienda.
 #587103  por Nanovich
 
flux escribió:
Por eso me pidió que lo asesore sobre que puede hacer firmar, antes de tomar una persona ,para reducir riesgos
Un reconocimiento de deuda con clausula de via ejecutiva y sin estar causado el motivo del reconocimiento.

Si se hace el loco laboralmente le metes el ejecutivo en la justicia civil y/o comercial, da igual que el derecho laboral bla bla bla, al juez civil y/o comercial le importa un pomo el derecho laboral y lo que tiene en vista es un documento abstracto. Como el juicio ejecutivo corre rapido solicitale embargo sobre las sumas que pudiere percibir sobre el juicio laboral que estuviere haciendo, de vuelta, el que ordena esto es el juez civil y/o comercial, por lo que la opinion del juez laboral no interesa y la orden de embargo esta firme. Que se mate el empleado discutiendo respecto de la causa del documento abstracto y denunciando fraudes y bla bla bla, pero la realidad es que no va a poder con eso frenar el embargo, ni siquiera si metiera una denuncia penal como, porque el embargo al menos te lo dan una vez que tengas la firma reconocida y con eso ya le arruinaste el juicio laboral completamente.

Ahora bien, como logras que un empleado te firme un documento asi? bueno, si no lo firma no lo tomas.

Ah bueno!!!!! :roll: :roll:
 #587144  por Claudialo
 
flux escribió:
Por eso me pidió que lo asesore sobre que puede hacer firmar, antes de tomar una persona ,para reducir riesgos
Un reconocimiento de deuda con clausula de via ejecutiva y sin estar causado el motivo del reconocimiento.

Si se hace el loco laboralmente le metes el ejecutivo en la justicia civil y/o comercial, da igual que el derecho laboral bla bla bla, al juez civil y/o comercial le importa un pomo el derecho laboral y lo que tiene en vista es un documento abstracto. Como el juicio ejecutivo corre rapido solicitale embargo sobre las sumas que pudiere percibir sobre el juicio laboral que estuviere haciendo, de vuelta, el que ordena esto es el juez civil y/o comercial, por lo que la opinion del juez laboral no interesa y la orden de embargo esta firme. Que se mate el empleado discutiendo respecto de la causa del documento abstracto y denunciando fraudes y bla bla bla, pero la realidad es que no va a poder con eso frenar el embargo, ni siquiera si metiera una denuncia penal como, porque el embargo al menos te lo dan una vez que tengas la firma reconocida y con eso ya le arruinaste el juicio laboral completamente.

Ahora bien, como logras que un empleado te firme un documento asi? bueno, si no lo firma no lo tomas.

ESTO ES LO QUE SE LLAMA VERDADERA MANO DURA!!!!! *cafe* :arrow: :mrgreen:


*foto* *foto*
 #587187  por evangelinacastillo
 
flux escribió:
Por eso me pidió que lo asesore sobre que puede hacer firmar, antes de tomar una persona ,para reducir riesgos
Un reconocimiento de deuda con clausula de via ejecutiva y sin estar causado el motivo del reconocimiento.

Si se hace el loco laboralmente le metes el ejecutivo en la justicia civil y/o comercial, da igual que el derecho laboral bla bla bla, al juez civil y/o comercial le importa un pomo el derecho laboral y lo que tiene en vista es un documento abstracto. Como el juicio ejecutivo corre rapido solicitale embargo sobre las sumas que pudiere percibir sobre el juicio laboral que estuviere haciendo, de vuelta, el que ordena esto es el juez civil y/o comercial, por lo que la opinion del juez laboral no interesa y la orden de embargo esta firme. Que se mate el empleado discutiendo respecto de la causa del documento abstracto y denunciando fraudes y bla bla bla, pero la realidad es que no va a poder con eso frenar el embargo, ni siquiera si metiera una denuncia penal como, porque el embargo al menos te lo dan una vez que tengas la firma reconocida y con eso ya le arruinaste el juicio laboral completamente.

Ahora bien, como logras que un empleado te firme un documento asi? bueno, si no lo firma no lo tomas.

Hola Flux

La duda que tengo sobre este tema, es si la indemnización es inembargalble
En determinados casos he hecho firmar pagarés junto con la documentación de contratación, y si bien el fin no ha sido evitar que el empleado ante un reclamo injustificado cobre algo, si lo he utilizado para lograr que, en vez de 20.000, cobre 8000 por una antiguedad de 2 o 3 años, correctamente registrado, porque sabe que con ese dinero, mas subsidios que cobre algun otro integrante de la familia, tira hasta la otra temporada.
El tema es que el tipico cliente de esta localidad es el que huye de los problemas que lo acosaban en la ciudad, por lo que no quiere someterse a un juicio eterno, pero tampoco quiere pagar fotunas si ha tenido en regla al trabajador.
 #587206  por flux
 
La duda que tengo sobre este tema, es si la indemnización es inembargalble
Inembargable en si no es, a lo mucho puede que no te la dejen embargar toda la indemnizacion sino solo en la proporcion de ley (tal como los sueldos). Ahi habria un poco de discusion de si la proporcion se calcula sobre el todo de la indemnizacion (incluidas multas y demas rubros) o solo sobre la parte de rubros indemnizatorios y remunerativos, pero sobre el resto puede proceder sobre el total sin hablar de procentuales. En caso de que el monto del juicio laboral sea de obtenido por un acuerdo supongo que como ahi los montos se ofrecen por todo concepto el porcentual embargable seria calculado sobre el todo.

El unico riesgo al mecanimo que te propongo es que meta una denuncia penal no por estafa por abuso de firma en blanco (esa en si no para el embargo, porque la firma queda reconocida y la verosimilitud del derecho esta probada) sino por falsificacion de firma (aunque sea su firma). Porque si hace esto te impide tener por considerada la verosimilitud del derecho y dudosamente te darian un embargo salvo que estes en condiciones de dar una contracautela adecuada (el juramento estimatorio en esta no va a alcanzar, necesitarias caucion real). Por lo que me pareceria mejor que si podes el reconocimiento lo hagas por ante escribano publico
 #587319  por DAL
 
FLUX, siempre igual...
 #587825  por bogatavo
 
Siguiendo el hilo de este post, lo único que queda por hacer es futurología:

Pasaron los años y ...

1- Flux cruzó la línea y no puede volver atras ... :twisted:
2- El comerciante honesto - que tenía todo en regla y que siempre lo demandaban sus trabajadores injustamente :lol: - se ve involucrado en procesos penales, y a su vez señalado por su comunidad como un "chanta", sin perjuicio de que los pocos trabajadores que accedieron a sus pretensiones (vgr. reconocimiento de deuda ante escribano) intentaron c.... a trompadas. :oops:
3- La consultante del foro es perseguida por el comerciante precedentemente indicado, quien a su vez se encarga de defenestrarla como abogada. :o

Hubiese sido mejor seguir las recomendaciones de DAL, Gu, Reynaldo y otros..
 #588303  por Amorina
 
Flux a veces da miedo :oops: :shock:
 #589135  por DrCiclón
 
flux escribió:
Por eso me pidió que lo asesore sobre que puede hacer firmar, antes de tomar una persona ,para reducir riesgos
Un reconocimiento de deuda con clausula de via ejecutiva y sin estar causado el motivo del reconocimiento.

Si se hace el loco laboralmente le metes el ejecutivo en la justicia civil y/o comercial, da igual que el derecho laboral bla bla bla, al juez civil y/o comercial le importa un pomo el derecho laboral y lo que tiene en vista es un documento abstracto. Como el juicio ejecutivo corre rapido solicitale embargo sobre las sumas que pudiere percibir sobre el juicio laboral que estuviere haciendo, de vuelta, el que ordena esto es el juez civil y/o comercial, por lo que la opinion del juez laboral no interesa y la orden de embargo esta firme. Que se mate el empleado discutiendo respecto de la causa del documento abstracto y denunciando fraudes y bla bla bla, pero la realidad es que no va a poder con eso frenar el embargo, ni siquiera si metiera una denuncia penal como, porque el embargo al menos te lo dan una vez que tengas la firma reconocida y con eso ya le arruinaste el juicio laboral completamente.

Ahora bien, como logras que un empleado te firme un documento asi? bueno, si no lo firma no lo tomas.
Sos abogado?

Realmente no dan crédito mis ojos a lo que veo!

Llama "hacerse el loco" al que reclama derechos, yo no entiendo mas nada...

Es como que le recomiende a un trabajador andá y por un par de lucas pagate un sicario, hace afanar a tu empleador y de paso pegale un par de coetazos al abogado, o secuestrale a la familia.

Una incoherencia que indigna, espero que no lo tome a mal, aunque... que lo tome como quiera, - me importa una cigota- el que asesora estafar gente con necesidades no merece mis respetos.
 #603993  por kai191
 
Buen día estimados,
Aprovechando que se está hablando las planillas horas extras, consulto si es posible que las mismas lleven la firma del representante de la empresa (al igual que las planillas de hs y ds) en lugar de cada empleado. Mi consulta se debe a que la adotación alcanza unos 3500 empleados, y se dificulta la presentación de las mismas.

Desde ya muchas gracias.
 #604029  por Theother
 
Se tuvo en cuenta el tipo de contrato al que hace referencia? Mi duda es ¿No es un contrato de temporada?
Este tipo de contratos es por tiempo indeterminado, si bien la prestacion es discontinua. O sea que no concluye cuando finaliza el ciclo.
El empleador cumple con las obligaciones que surgen de la ley?

¿Notifica con por lo menos 30 dias antes del comienzo de la temporada su voluntad de reiterar la relacion? Si no lo hace esta rescindiendo unilateralmente el contrato y debera pagar la indemnizacion por despido incausado. Y si lo despide durante la temporada ¿Le paga un resarcimiento compensatorio (art. 95) ademas del 245?
¿Le da vacaciones segun el art. 163?
¿Le paga asignaciones familiares en los periodos de actividad?
¿Y las licencias durante el tiempo que presta servicios?
Durante el periodo de inactividad la relacion sigue vigente y se mantienen los deberes de conducta entre las partes.