HOLA GENTE:
TENGO UNA DUDA A VER SI PUEDEN AYUDARME.
UNA CLIENTA, ESTANDO VIGENTE LA RELACIÒN LABORAL, SE ENTERA POR PÁGINA AFIP QUE SU EMPLEADORA NO ESTABA REALIZANDO LOS APORTES DESDE EL AÑO PASADO. SE LA INTIMÓ, RECHAZÓ ADUCIENDO QUE ESTABA EN PLANES DE PAGO. SE LE SOLICITÓ DOCUMENTACIÒN, ENTREGARON COPIAS DE LOS PLANES DE PAGOS, PERO NO LAS CONSTANCIAS DE PAGOS. EN AFIP ME INFORMARON QUE LOS PAGOS SE HACEN POR DÉBITO Y RESPECTO DE OBRA SOCIAL QUE ELLOS NO HACÌAN MORATORIAS, SINO QUE EL EMPLEADOR DEBÌA PAGAR TODO AL ORGANISMO CORRESPONDIENTE.
AHORA BIEN, MI CLIENTA, SE CAMBIÒ DE OBRA SOCIAL (TENÌA FATSA) Y EN LA NUEVA, TODOS LOS MESES LE FACTURABAN ALGO DE $ 70 POR LA FALTA DE APORTES DE SU EMPLEADORA.
AHORA LA DESPIDIERON, Y EN LA OBRA SOCIAL LE DIJERON QUE SI BEN LA EMPLEADORA PAGÓ, HASTA EL MES DE DICIEMBRE LE SEGUIRÍAN FACTURANDO ESE PLUS, PORQUE RECIÉN ALLÍ COMENZARÍA A SALDARSE LOS APORTES IMPAGOS.
LA PREGUNTA ES SI A PESAR DEL CUMPLIMENTO DE LA EMPLEADORA, PUEDO RECLAMAR LA SANCIÒN DEL ART. 132 BIS, HASTA EL EFECTIVO PAGO, A FAVOR DE LA TRABAJADORA Y METER PRESIÒN CON ESO, PORQUE TAMBIÈN LE ABONABAN COMISIONES EN NEGRO QUE POR SUPUESTO COMO RECLAMÓ POR CD NO LE QUEIREN PAGAR LO DEVENGADO.
ESPERO HABER SIDO CLARA Y ESPERO SUS RESPUESTAS . 1000 GRACIAS. SANDRA.
TENGO UNA DUDA A VER SI PUEDEN AYUDARME.
UNA CLIENTA, ESTANDO VIGENTE LA RELACIÒN LABORAL, SE ENTERA POR PÁGINA AFIP QUE SU EMPLEADORA NO ESTABA REALIZANDO LOS APORTES DESDE EL AÑO PASADO. SE LA INTIMÓ, RECHAZÓ ADUCIENDO QUE ESTABA EN PLANES DE PAGO. SE LE SOLICITÓ DOCUMENTACIÒN, ENTREGARON COPIAS DE LOS PLANES DE PAGOS, PERO NO LAS CONSTANCIAS DE PAGOS. EN AFIP ME INFORMARON QUE LOS PAGOS SE HACEN POR DÉBITO Y RESPECTO DE OBRA SOCIAL QUE ELLOS NO HACÌAN MORATORIAS, SINO QUE EL EMPLEADOR DEBÌA PAGAR TODO AL ORGANISMO CORRESPONDIENTE.
AHORA BIEN, MI CLIENTA, SE CAMBIÒ DE OBRA SOCIAL (TENÌA FATSA) Y EN LA NUEVA, TODOS LOS MESES LE FACTURABAN ALGO DE $ 70 POR LA FALTA DE APORTES DE SU EMPLEADORA.
AHORA LA DESPIDIERON, Y EN LA OBRA SOCIAL LE DIJERON QUE SI BEN LA EMPLEADORA PAGÓ, HASTA EL MES DE DICIEMBRE LE SEGUIRÍAN FACTURANDO ESE PLUS, PORQUE RECIÉN ALLÍ COMENZARÍA A SALDARSE LOS APORTES IMPAGOS.
LA PREGUNTA ES SI A PESAR DEL CUMPLIMENTO DE LA EMPLEADORA, PUEDO RECLAMAR LA SANCIÒN DEL ART. 132 BIS, HASTA EL EFECTIVO PAGO, A FAVOR DE LA TRABAJADORA Y METER PRESIÒN CON ESO, PORQUE TAMBIÈN LE ABONABAN COMISIONES EN NEGRO QUE POR SUPUESTO COMO RECLAMÓ POR CD NO LE QUEIREN PAGAR LO DEVENGADO.
ESPERO HABER SIDO CLARA Y ESPERO SUS RESPUESTAS . 1000 GRACIAS. SANDRA.