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  • VENTA DE UN AUTO A NOMBRE DE UN MENOR DISCAPACITADO

  • A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #587405  por jorgegabriels
 
POR FAVOR NECESITO QUE ME ORIENTEN YA QUE MI SENTIDO COMÚN PARECE NO ENCONTRARSE DENTRO DE LA LEY, YA QUE CREO QUE LA LEY NO TIENE SENTIDO COMUN.
CON MUCHO SACRIFICIO MI ESPOSA Y YO JUNTAMOS PESO SOBRE PESO PARA COMPRAR UN AUTOMOVIL, COMO TENEMOS UNA HIJA DISCAPACITADA, HICIMOS TODOS LOS TRAMITES EN RAMSAY PARA ASI OBTENER LA FRANQUICIA QUE NOS PERMITIA COMPRAR EXENTOS DEL IVA.
LUEGO DE CUMPLIMENTAR TODOS LOS REQUICITOS Y TAL COMO EXIGE LA LEY DE DISCAPACIDAD EL AUTO SALE A NOMBRE DE NUESTRA HIJA.

ANTES DE QUE SE CUMPLA EL PLAZO PARA PODER VENDERLO (30 MESES MINIMO), A LOS DOS AÑOS DE COMPRARLO SE ESTROPEA DE TAL MANERA QUE ES COSTOSÍSIMO ARREGLARLO Y DECIDIMOS PARARLO HASTA LOS 30 MESES, PERO AL SER EL AUTO UN ARTICULO DE PRIMERA NECESIDAD PARA NOSOTROS, ACEPTAMOS UN PRESTAMO DE DINERO QUE NOS POSIBILITABA COMPRAR OTRO, EN FORMA PARTICULAR, Y LO COMPRAMOS A NOMBRE DE MI ESPOSA, CON EL COMPROMISO DE QUE AL POSIBILITARSE LA VENTA DEL AUTO A NOMBRE DE MI NENA DEVOLVERÍAMOS EL DINERO.

AL CUMPLIRSE LOS 30 MESES, HACEMOS EL TRAMITE ANTE RAMSAY PARA LA LIBERACION DEL AUTO SATISFACTORIAMENTE.
INMEDIATAMENTE NOS PRESENTAMOS JUNTO A MI ESPOSA EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD AUTOMOTOR DONDE ESTABA RADICADO PARA INICIAR EL TRAMITE PARA PODER VENDERLO Y AMBOS FIRMAMOS EL FORMULARIO 08 DECLARANDO NUESTRA INTENSION DE VENTA, EN EL REGISTRO SE NOS ADVIERTE QUE PARA PODER CONCRETARSE LA TRANSFERENCIA ES NECESARIO DAR LA BAJA DEL BENEFICIO DE EXENCION DE PATENTES ANTE ARBA Y QUE EL AUTO COMIENCE A TRIBUTAR, TRAMITE QUE HACEMOS INMEDIATAMENTE.
EL MISMO DIA YA CON EL 08 Y LA ALTA CON LA FECHA PARA QUE COMIENCE A TRIBUTAR VENDO EL AUTO. OSEA ENTREGO EL AUTO EN LAS CONDICIONES QUE SE HALLABA A CAMBIO DEL DINERO (QUE TENIA COMO FINALIDAD CUBRIR EL PRESTAMO DEL NUEVO AUTO DE IGUAL VALOR) FIRMAMOS UN BOLETO DE COMPRA-VENTA, UNA RESPONSABILIDAD CIVIL Y LE DOY EL 08 CON NUESTRAS FIRMAS CERTIFICADAS POR EL REGISTRO DE PROPIEDAD AUTOMOTOR.
AL DIA SIGUIENTE NOS APERSONAMOS EN EL REGISTRO PARA HACER LA DENUNCIA DE VENTA, LA HACEMOS, EL MISMO DIA VAMOS A RAMSAY A DECLARAR LA VENTA DEL AUTO Y DESAFECTARLO DE LOS BENEFICIOS POR DISCAPACIDAD Y SIMULTANEAMENTE INICIAMOS LA AFECTACION DEL NUEVO AUTO, QUE COMPRAMOS A NOMBRE DE MI ESPOSA, COMO EN FUNCION DE NUESTRA HIJA PARA ASI OBTENER LOS MISMOS BENEFICIOS QUE YA TENIAMOS.

AHORA EMPIEZAN LOS PROBLEMAS: AL LLEGAR A CASA NOS ENCONTRAMOS CON UN MENSAJE ALARMANTE DE LA ENCARGADA DEL REGISTRO AUTOMOTOR "QUE NOS COMUNIQUEMOS CON URGENCIA CON ELLA" AL OTRO DIA LA LLAMAMOS Y NOS ANOTICIA QUE EL AUTO NO SE PUEDE "NOSE SI VENDER O TRANFERIR" HASTA QUE UN JUEZ LO AUTORICE,

Y AHORA QUE HACEMOS?????????????????

ME DICEN QUE ES PARA PROTEGER EL BIEN DEL MENOR (LA TV, MI CAMA, SUS MUÑECAS Y EL AUTO TODO LO COMPRAMOS CON NUESTROS SUELDOS, NUESTROS DE MI ESPOSA Y MIO, LA NENA TIENE 8 AÑOS!!!!!!!!!!!!!)

AHORA NOS ASUSTAN CON QUE: VAMOS A TENER QUE VOLVER TODO ATRAS, COMO? EL AUTO LO VENDIMOS A UN SR. DEL INTERIOR DE BS AS, LO ARREGLO (PUSO MUCHA PLATA EN EL), NOSOTROS LO QUE COBRAMOS LO DEVOLVIMOS.

COMPRAMOS OTRO, PREVIAMENTE, NO NOS DESCAPITALIZAMOS, QUE ESTE A NOMBRE MIO, DE MI ESPOSA O DE MI HIJA QUE CAMBIA, O SE CREEN QUE LA PLATA DEL AUTO SE LA REGALARON PARA SU CUMPLEAÑOS???

NO QUIERO QUE NADIE PIENSE QUE LE ESTOY ROBANDO A MI HIJA ALGO QUE MI ESPOSA Y YO COMPRAMOS.
NO SE NOS PUEDE EXIGIR A LAS PERSONAS COMUNES QUE CONOSCAMOS LA TOTALIDAD DE LAS LEYES, SI LA HUBIESEMOS CONOCIDO HUBIESEMOS OBRADO AL RESPECTO
QUE HACEMOS? MAS HALLÁ DE LO FORMAL, LO EDNTENDERÁ EL JUZGADO? COMO SE SOLUCIONA ESTO?

LES AGRADECERIA TODO COMENTARIO QUE AYUDE A EXCLARECER LO ABSURDO QUE NOS RESULTA ESTA SITUACION, ATTE JORGE
 #587460  por Hlws
 
Su problema es bastante delicado, como primer medida debe concurrir en forma personal al estudio juridico de un abogado con toda la documentacion que obre en su poder y previo analisis de la misma el le dira como procer. Saludos.
 #587888  por DAL
 
Si, exacto.
Si el automovil estaba a nombre de la menor, es ella la que debe vender, representada por ustedes PERO con autorización dle juez.-
NO entiendo como no lo advirtieron en el registro. Y como le tomaron una denuncia de venta a quien no era el titular del vehiculo. En fin, son cosas que pasan.
Igualmente la cosa tiene solucion así que urgente al abogado.
 #588156  por marcelaney
 
Estimado Jorge,
En el Registro tienen razon y no es un sin sentido ya que se trata de proteger a los intereses de los menores.
Le va a pasr con todos los bienes registrables que pongan a nombre de su hija y que luego quieran vender.
Es verdad que debio haber intervenido el Juzgado y la Defensoria de Menores para autorizar la venta Consulte con un abogado de su confianza y si no tiene medios vaya a los cunsultorios juridicos gratuitos de su zona que lo sabran orientar.
No se asuste que tiene solucion.
Atentamente
Marcela
 #588603  por mmoreno
 
Estimado Jorge, la ley no está mál y con buen criterio establece el requisito de la autorización judicial para disponer de bienes de un menor.
Piense este ejemplo: un niño hereda de un abuelo una propiedad inmueble y su padre que es ludópata lo vende sin avisar a nadie para luego despilfarrar toda esa plata en el casino. Eso responde a una lógica.
Si bien obviamente no es su caso, la ley debe en primer medida proteger ciertos intereses aunque aveces resulte algo incómodo. Consulte a un abogado que sabrá que hacer. Mucha Suerte.-