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  • Sra. jubilada con moratoria fallece

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #58287  por luca
 
Hola, tengo una consulta: una señora que estaba cobrando la jubilacion con la moratoria desde hace casi un año fallecio; puede su marido que es jubilado tramitar una pension derivada? en caso de poder, como es el tramite?

 #58361  por empí©docles
 
Es una derivada común que va por turno por el descuento de las cuotas que debe aceptar el esposo.-

 #58803  por luca
 
gracias por tu respuesta, como es lo del turno, que documentación hay que llevar?
 #58806  por kareng
 
luca escribió:gracias por tu respuesta, como es lo del turno, que documentación hay que llevar?

sacas el turno por internet, te solicita cuit/cuil fallecido y viuda, nro.beneficio.
fijate en informacion pension derivada alli te detalla toda la documentacion a presentar.
importante:antes concurrir al turno realizar adp de los datos del matrimonio, debes llevar partida defuncion , libreta matrimonio, en riginal y fotocopias :wink:

 #58821  por natucha13
 
A mi me fallecio con tramite de jubilacion iniciado, pero todavia no esta aprobado...saque turno para hacer la pension directa, pero no me toco en la misma UDAI donde esta el expediente...

Esto me genera algun inconveniente???

 #58830  por lorzabeth
 
luca escribió:gracias por tu respuesta, como es lo del turno, que documentación hay que llevar?
LUCA:
TE CUENTO...SI TODAVIA ESTAS DENTRO DEL PLAZO DE LOS CUATRO MESES DESDE LA FECHA DE FALLECIMIENTO DE LA SEÑORA, PODES TRAMITARLA INTEGRAMENTE POR WEB, LO UNICO QUE DEBERIAS HACER PERSONALMENTE, ES EL ADP.... AHORA SI ESTAS EXCEDIDO DE ESE PLAZO, SI DEBES SACAR TURNO....
Y COMO TE HAN DICHO MAS ARRIBA, TRAMITAS UNA PENSION DERIVADA COMUN, NO IMPORTA QUE LE ESTEN DESCONTANDO LAS CUOTAS....
ESPERO QUE TE SEA DE AYUDA, CUALQUIER COSITA, AQUI ESTAMOS..
SALUDOS!!!

 #58879  por luca
 
Muchas gracias! Estoy dentro del termino, perdon por mi ignorancia pero que es adp?

 #58911  por lorzabeth
 
luca escribió:Muchas gracias! Estoy dentro del termino, perdon por mi ignorancia pero que es adp?
El ADP, es la acreditacion de datos personales, tenes que ir con el poder , sino lo tenes, con el cliente, su documento, trata de que tenga el domicilio actualizado, en realidad, que el domicilio que figura en la partida de defuncion sea el mismo que tiene en su DNI tu cliente, porq eso acredita que vivian juntos cuando la jubilada fallecio..
Bueno,, como te decia si tenes el poder, este, partida de defuncion de la jubilada, originales todo lo que te digo y dos fotocopias, depende la UDAI, fotocopia del documento de tu cliente. del tuyo , del poder. y creo que nada mas... por las dudas lleva una constancia de cui o cuil de tu cliente...
Bueno con eso acreditas los datos de tu cliente y el vinculo.
Si no llega a tener el domicilio igual que en la partida de defuncion.. leva la mayor cantidad de servicios y/o impuestos que tengas a nombre de tu cliente, que sea el mismo que figura en la defuncion.. perdona que sea reiterativa..
Bueno con eso creo que vas bien.. Cualquier cosa, avisame
Besos. Lore.