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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #58892  por helias
 
hola..... buenos dias a todos
tengo este caso... q pasa si pago periodos de SDM desde 01/2000 para poder tomarme los 4 años de ddjj ( art. 3), de lo contrario necesito 23 meses sdm entonces tendria q comprar desde 04/2000 al 02/2002 (art.3: 3 años) me perderia un año ddjj.
desde ya muchisimas gracias

 #58898  por Fabiola Gamallo
 
HOLA.SDM SE PAGA APARTIR DE 04/2000, SI PAGAS PERIODOS ANTERIORES NO TE LOS TOMA Y DIRECTAMENTE NO TE FIGURAN.