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  • INCIDENTE DE CESE DE CUOTA ALIMENTARIA - NO CONTESTÓ DEMANDA

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #584000  por MMI77
 
Hola Colegas !!
Tengo una duda existencia... En un incidente de cese de cuota alimentaria, la demandada (osea la alimentada en el principal) no contestó demanda.
Quedó rebelde y se presentó tardíamente...
Ahora me fijan una audicencia para dentro de unos meses pero mi apuro es que se decrete el cese de la cuota alimentaria.
QUE ME RECOMIENDAN PRESENTAR ?? Como fundamento que se revoque esa audiencia y se dicte sentencia ????
Espero su ayuda !
GRACIAS
 #589549  por MMI77
 
Hola. Disculpen la demora en contestar pero por la feria sali de viaje.
El cese se pidió no por la mayoria de edad ya que las dos partes son mayores. Los alimentos los reclamó la madre de 70 años a su unica hija de 50. La Sra. de 70, vendió una casa de dos pisos en provincia y cobró un dinero importante. Entonces entendimos en su oportunidad que habia cesado la necesidad alimentaria. Ahora vive en otra casa mas pequeña en el mismo barrio y tiene un sobrante bastante abultado.
Cuestion que iniciamos demanda de cese de cuota alimentaria y quedó rebelde. No contestó demanda. y el juez me fijo una audiencia .... no entiendo para que si la otra parte ya no puede ofrecer prueba ni nada...
Cuestion que me conviene hacer ??? Pido que se dice sentencia directamente ???
 #589566  por SALINASPAU
 
no, nunca. presentate, pedi la rebeldia, y que se abra la etapa a prueba. despues de que se produzca, que venga la vista de causa, y se dicte sentencia.
por estrictos consejos de una magistrada, nunca se pide dictar sentencia, sin abrir a prueba, salvo que sea de puro derecho.
 #590621  por MMI77
 
Claro pero no debe entenderse que es una cuestion de puro derecho cuando la demanda fue decretada rebelde y notificada de la refelcdia nada dijo; cuando se le notificço la demanda y nada contestó???
A mi me parece que si ... que no hace falta producir las pruebas si se dan esas dos cuestiones... o si?
 #590668  por SALINASPAU
 
Te reitero. Por varios cursos con jueces de Familia. No importa, si esta en rebeldia. Vos produci tu prueba. y asegurate el resultado de la sentencia. Sobre todo la absolucion de posiciones, donde la haces reconocer los hechos para tenerla por confesa.
suerte