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  • JUEZ NO ORDENO OFICIO A LAS COMISARIAS NI NOTIFICACION

  • A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #590547  por LUCIERNAGA
 
BUEN DÍA COLEGAS:

CUANDO SOLICITÉ LA MEDIDA CAUTELAR DE PROHIBICION DE ACERCAMIENTO A FAVOR DE MI CLIENTA, LA CUAL FUE OTORGADA POR EL JUEZ, NO SOLICITÉ QUE SE OFICIEN A LAS COMISARIAS DEL DOMICILIO DE SU TRABAJO ( DE LA CLIENTA) NI A LA DE SU DOMICILIO PERSONAL, COMO HAGO PARA SOLICITAR ESTO AHORA?? ( SI EL JUEZ ORDENO ESTO PARA EL COLEGIO DE SUS HIJOS...PERO NO PARA LAS COMISARIAS), ESO POR UN LADO.
POR EL OTRO: EL MARIDO TIENE QUE SER NOTIFICADO DE ESTA MEDIDA PERO SE ENCUENTRA MOMENTANEAMENTE EN OTRO DOMICILIO FUERA DE LA JURISD. DE CAPITAL....QUIEN LO NOTIFICA A EL...???
AGRADECERÍA QUE ME GUIARAN COMO SIEMPRE LO HACEN GRACIAS¡
 #590574  por Claudialo
 
Colega, la resolución debe ser notificada a policía, a los fines de que se notifiquen de la medida y puedan actuar ante el incumplimiento del imputado.-Peticionelo a estos fines.-

A los mismos efectos, de que sea notificado el interesado, salvo mayor criterio, denuncie su nuevo domicilio y peticione se lo notifique de la medida dispuesta por .S.S. Saluodos.-
 #590664  por LUCIERNAGA
 
GRACIAS CLAUDIOLO:

ES LA PRIMERA VEZ QUE SOLICITO UNA MEDIDA DE ESTE TIPO Y NO SOLICITE EN ESTA (YO NO LO HICE) QUE SE LE NOTIFICARA A LA OTRA PARTE NI SOLICITE OFICIAR A AMBAS COMISARIAS, NO SE SI ESTO SALE DE MOTUS PROPIO DEL JUEZ O SI YO DEBÍ PEDIRLA EN SU MOMENTO...CUANDO QUISE REMEDIAR ESTA CUESTIÓN Y ACERQUÉ LOS OFICIOS, ME DIJERON QUE EL JUEZ NO LO HABIA PROVEIDO Y AHI ME QUEDÉ, EN SÍNTESIS...ME LOS RECHAZARON.

EL ASUNTO ES QUE EL HOMBRE AL CUAL SE LE PROHIBE EL ACERCAMIENTO ( EL JUEZ NO SE EXPIDIO SOBRE SU NOTIFICACION), YA VIOLÓ LA MEDIDA, MI CLIENTA FUE ENTONCES A LAS COMISARIAS Y LE CONTESTARON QUE NO PODIAN TOMAR LA DENUNCIA PORQUE ELLOS NO ESTABAN NOTIFICADOS DE LA MEDIDA...AUNQUE ELLA MOSTRARA LA FOTOCOPIA SIMPLE DE LO PROVEIDO.-

USTEDEN QUE OPINAN?
GRACIAS COMO SIEMPRE
 #590684  por Claudialo
 
Colega, aclarado lo de Claudialo.... :evil: :lol: , le digo. Si el originario de esta medida es un acción en el marco de la ley de violencia familiar, el Juez de oficio ordena las medidas correspondientes y efectivas a su cumplimiento.-
Si existe una resolución de S.S. que decreta una medida, dentro de esta normativa debe necesariamente comunicarse a la dependencia policial local.Toda vez que estos actúan en forma inmediata ante la violación de la misma, dándole intervención a la fiscalía que en turno corresponda, por el delito de desobediencia a la autoridad.-

A estos efectos, si el juez no dice "librese oficio" cierto es que Ud. no puede redactar oficio y dejarlo a confronte, toda vez que le falta un elemento importante del contenido del mismo, que es la resolución que ordena determinada comunicación.

En este sentido, sugiero, -no le ordeno porque Ud. ya es grande- (chiste.... :mrgreen: ) que pida a S.S. y fundamente, que libre oficio a la comisaría respecto de notificar la resolucion de fs ... por la que se ordena...luego que salga el proveído que lo libra, confeccione el oficio, transcribalo y dejelo para firma y confronte de S.S.

Quiere que lo pase a buscar tambien.... :shock: bue..me voy a otro post a ver si me respondieron, tengo que poner las cosas en su lugar... :mrgreen:

No se que tomé Hoy.... :roll: :shock: