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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #59039  por makio
 
hola alguien me puede decir si el subsidio por contensión familiar se tramita por web ???????

 #59068  por magyas
 
Hola. Mirá esto lo saqué de la página de anses, espero te sea útil. Suerte. Laura

COMO SE INICIA EL TRÁMITE

A partir del lunes 13 de noviembre, se modifica el sistema de cobro del Subsidio de Contención Familiar, denominación que se le da desde mayo último a los $1.000 que otorga ANSES a los deudos por los jubilados fallecidos, en concepto de gastos por sepelio.

La nueva operatoria prevé que tanto los derechohabientes como cualquier persona que se hizo cargo del gasto por sepelio, pueda cobrarlo de forma sencilla, concurriendo a una oficina de Correo Argentino con la documentación requerida. Allí, se le extenderá en el momento una orden de pago condicionada por un valor de $1.000, que se podrá endosar en favor de la cochería o de un tercero.

El trámite por beneficiarios fallecidos a partir del 21 de octubre podrá realizarse ante el Correo oficial, desde el 13 de noviembre, día que se puso en marcha el nuevo mecanismo de orden de pago condicionada.

Para los que aún no han realizado el trámite de Subsidio por Contención Familiar por beneficiarios fallecidos antes del 21 de octubre, deberán dirigirse a una delegación de ANSES sin turno previo. En estos casos, la orden de pago condicionada no podrán gestionarla terceros, como en los casos en que se gestiona ante el Correo.

En el caso de las viudos o viudas o hijos menores de personas ya jubiladas, podrán hacer el trámite por Internet, junto al de la propia pensión ("pensión derivada automática"), ingresando a la autopista de servicios de ANSES.
 #59086  por BATHIA
 
TE PAGAN LOS 1000 PESOS, DIRECTAMENTE CUANDO HACES LA PENSION.- CASO CONTRARIO HAY QUE TRAMITARLO.-

 #59163  por empí©docles
 
Coincido con Bathia.- Si no hay derechohabiente de pensión, se presenta el trámite por ANSES y lo liquidan a los 90 días corridos de haberlo iniciado.- También en algunos lugares lo tramitan a través del Correo Argentino.-

 #59169  por lorzabeth
 
empédocles escribió:Coincido con Bathia.- Si no hay derechohabiente de pensión, se presenta el trámite por ANSES y lo liquidan a los 90 días corridos de haberlo iniciado.- También en algunos lugares lo tramitan a través del Correo Argentino.-
MI EXPERIENCIA ES QUE LO TRAMITAS DIRECTAMENTE CON LA PENSION Y TE LO PAGAN CUANDO COBRAS TODO , ES DECIR EL RETROACTIVO DE LO HABERES QUE SE DEJARON DE COBRAR , OBVIO POR QUE EL BENEFICIARIO FALLECIO, HASTA LA FECHA DEL EFECTIVO COBRO.. MAS LOS $1000.-

SALUDOS!!!!!!!!!!!!
 #67449  por mielca
 
Tal vez le sirva de ayuda a alguien, y les voy a contar mi experiencia.En la página de Anses y mismo en las UDAI, te dicen que al realizar el trámite en el correo ,llevando correctamente los papeles dos veces(la segunda te cita el correo)cobras automáticamente,o en tres meses.Esto es mentira ya que el Anses a pesar de cierto orden tiene un verdadero lío en otras cuestiones.Mi padre falleció en enero ,pero los haberes devengados lo ingresaron a sistema en Agosto(gracias a que concurría asiduamente a controlar porque no figuraba)todavía no tengo noticias.Consulté por teléfono y me dicen que no pueden decir cuando cobro porque no se sabe.Como verás no es fácil,

 #67503  por ilvinavaleria
 
eso es real, no son 90 dias, a mi abuelo se lo pagaron 8 meses despues, aunque dependia el pago de pami.

 #81360  por marbelca
 
Tengo una duda: tengo q tramitar la pension derivada a favor del marido de la jubilada fallecida.
Mi duda es, le digo q los $1.000 los cobre en el correo o se lo hago c el trámite de la pension???. Que es lo q mas conviene??.

 #81504  por ilvinavaleria
 
yo haria todo junto, recordale al iniciador que llene los papeles para el subsidio, y si lo mandas por web, creo que sale todo automatico

 #81540  por empí©docles
 
Los $1000 los liquida automáticamente el sistema; junto con la pensión derivada sin necesidad de trámite alguno.-