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  • PENSIÓN NO CONTRIBUTIVA Y JUBILACIÓN DE AUTONOMO PURO

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #244127  por Abogada Principiante
 
Hola!

A ver si alguién me puede dar una mano.

Hay una señora que tiene una pensión no contributiva y quiere sacar la jubilación sin aportes que ahora nuevamente se puede hacer por internet en forma automática.

Según la resolución 62/06 tendría que renunciar primero a la pensión para iniciar la jubilación. Sin embargo llamé a ANSES y me dijeron que puede hacer la jubilación automática por internet pero cuando le salga el beneficio otorgado va a ser supeditado a que renuncie a la pensión y que recién ahí tiene que renunciar. Y que el retroactivo lo va a cobrar desde que renuncie a la pensión. Puede ser así?

Porque tengo miedo que esta mujer renuncie una vez iniciada la jubilación y luego tenga algún problema cuando quiera cobrar la jubilación.

Espero que alguno sepa bien como es. Saludos a todos!
 #244277  por marcegaleano
 
Te diria que renuncie a la no contributiva antes de iniciar porque demoran bastante en dar de baja ese beneficio. Igualmente la jubi de ama de casa no la va a cobrar hasta tanto no sea dada de baja en el rub la no contributiva.
 #245209  por Abogada Principiante
 
Hola marcegaleano. Gracias por darme tu opinión.Tal vez eso sea lo más seguro. Pero de esa forma la señora va a estar más tiempo sin cobrar nada. Pero no me queda claro si puede ser que sea como me dijeron en ANSES que se puede iniciar la jubilación de "ama de casa" antes de renunciar a la pensión no contributiva, y luego darle de baja cuando sale el beneficio acordado.

Bueno si alguno puede aportar algo más: GRACIAS!

Saludos a todos.
 #245256  por marcegaleano
 
Iniciala por web, una vez acordada que solicite la baja del beneficio. Pero desde ya te digo que tardan en darles de baja, una clienta mia renuncio en el mes de junio y todavia el beneficio esta vigente y sigue cobrando
 #245257  por marcegaleano
 
Iniciala por web, una vez acordada que solicite la baja del beneficio. Pero desde ya te digo que tardan en darles de baja, una clienta mia renuncio en el mes de junio y todavia el beneficio esta vigente y sigue cobrando
 #245607  por Abogada Principiante
 
marcegaleano: OK! Voy a hacer eso. A mi la duda se me había presentado cuando leí la resolución 62/06 que dice que las pensiones no contributivas hay que renunciarlas antes de iniciar la jubilación. Pero si en la práctica no hay problema en iniciar la jubilación y luego renunciar a la pensión voy a hacer eso. GRACIAS y luego te cuento como me fue. Saludos.
 #591912  por andrea37
 
Hola, yo hice una jaap y al momento del alta, se dio de baja a la PNC en forma autómática. No tuvimos que solicitarla. Es más el cliente se había arrepentido porque no le pude asegurar que dando la baja cobraría al mes siguiente el beneficio por anses y lo dejamos así. Luego me llega la notificación por correo y el cliente me dice que fue a cobrar la PNC y que le dijeron que no podía y que tenía fecha en 15 días para el cobro del beneficio de anses. Todos felices.
 #591920  por Aimael
 
yo voy con turno pero esty preocupada de que me pidan q la denuncie, por las dudas llevo el formulario ps 6.282 y llevo una nota pidiendo q no se le de la baja hasta tanto no le sea otorgado el beneficio, porq el sr solo vive de eso!
 #592085  por Aimael
 
marcegaleano escribió:En el sistema de anses salta si hay una no contributiva, no hace falta denunciarla y si vas con turno te solicitan la renuncia al momento de presentarse en el turno.
entonces q conviene mas? iniciarla por web (es autonomo puro) o ir con el turno? lo q me preocupa es q este Sr. no tiene otros medios obligados, vive en un hospital q le dio asilo en fin se guardo el aguinaldo de la PNC para pagar la cuota, imaginate si le cortan antes de cobrar, yo el formulario no lo agrague al expte (me lo llevo aparte) jajaj hay quienes me dicen que espere q me citen para acompañarlo, pero para el caso q el iniciador se empecine en que se lo adjunte le arme un escrito solicitando que se postergue la renuncia hasta el otorgamiento! mañana les cuento como me fue!
 #592651  por Aimael
 
les cuento no la pude iniciar porq debia adjuntar el formulario MODELO DE ACTA (ARTICULO 4º RESOLUCION D. E. -N Nº 884/2006) Anexo III por el cual se solicita que se otorgue plazo de 30 dias habiles administrativos para adjuntar la cancelacion total de deuda o la baja de la prestacion q actualmente percibe! asi q bueno ya lo saben si las quieren se las puedo pasar por email! saludos a todos y gracias por ayudarme!
 #593003  por rachelcba
 
Hola, acá en Cba cuando iniciás el trámite te piden que presentes la constancia de baja que da la institución por donde tramitó la no contributiva. Es preferible mandarla por web, y una vez acordada, esperar la fecha de alta del benef y recién ahí hacerla renunciar, después para cobrar presenta la baja en el sector beneficiarios y le dan el cheque. Saludos.
 #593188  por noelin
 
yo apele una denegatoria por ese motivo, esta en la carss, otra entro x insistencia y la denegaron a condicion q renuncie a la graciable, en ambos casos lo pedi con cosntancias de un calamitoso estado socio economico, pero no les importo nada para d denegarla, aplican la circular a rajatabla