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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #589334  por LuisLedesma
 
Hola! Nunca tuve un caso en familia...
Tengo que hacer la disolucion de una Sociedad Conyugal. Ya se decreto el divorcio, y se disolvió la sociedad conyugal con efecto retroactivo a mayo de 2005.
Hay un inmueble en condominio: 50% propio del ex-esposo (como sucesor de su padre) y 50% ganancial (el matrimonio saco un credito hipotecario y compro la mitad que correspondia a la madre del ex-marido ).
Es decir que el condomino esta dividido asi: 75% del ex marido, 25% de la ex mujer. Porcentajes indivisos.
Ahora bien, la ex esposa ocupa el inmueble desde el 97. Ya no hay hijos menores, vive sola. Tiene trabajo.
El ex esposo quiere comprarle el 25% de la mujer. El alquila una casita donde vive con su hijo.
Pregunta: Si fijo un canon locativo en favor del esposo ¿Puedo ir imputantando esas sumas hasta que se compensen con el valor del 25% propiedad de la ex esposa? Es decir que el ex marido le compre la parte, pero descontandolo del alquiler. De mas esta decir que la ex esposa no quiere arreglar por convenio, tengo que hacer la liquidación si o si por incidente en el proceso.

Esta medio embrollado, espero que se entienda.
otra pregunta: la ex cónyuge debe el porcentaje de los impuestos pagados durante los años posteriores a la disolución de la sociedad? ¿Y de las cuotas del crédito hipotecario con el que ambos compraron la mitad que es ganancial? Todo esto lo ha venido pagando el ex esposo.
Muchas gracias espero se haya entendido.
 #592291  por Alan1987
 
hola luis, te comento no soy abogado, estoy por terminar la carrera pero hasta donde tengo entendido en caso de que se adquiera la parte indivisa faltante con bienes gananciales, el bien sigue siendo propio con derecho de recompesa a la sociedad conyugal por el resto. Asique aca el bien le perteneceria a el y debera ese %25 en recompensa a la sociedad (en realidad el 50 pero se compensaria el 25 de el ).