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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #593015  por doctis
 
Hola necesitaria consultarles sobre un casito que me llegó, se trata de un operario q lo despiden sin preaviso, le liquidan la indemnizacion mas o menos ajustada a la que realicé yo, pero el tema es que mi cliente no soportó trabajar en condiciones de insalubridad y esta indignado, trabaja en la industria del plastico con varias inspecciones a la empresa sin cumplir absolutamente nada. Bien, lo despidieron y fue a ver a una dermatologa que le dijo q tenia serias lesiones en la piel por trabajar con esos polimeros, solicitaron biopsia y demas estudios. Ahora pregunto, podemos reclamarle que ante la falta de condiciones en Higiene y Seguridad, le abonen en concepto de indemnizacion por este perjuicio?? O deberia reclamar a la ART por ese caso, el tema que ya no trabaja mas, por lo que tendria que ir directamente contra el empleador no??? QUe me dicen ....Aun no mandamos TCL solo uno por negativa de trabajo, q despues le mandaron el TCL de despido. Gracias
 #593092  por DAL
 
Tiene una enfermedad profesional?? Debés reclamar aún terminada la relación laboral. VA a la ART por medio del empleador, quien seguro no hizo el examen médico de egreso.
Si tiene algun daño la ART cubrírá todo el tratamiento. Al no trabajar más no se como es el tema de sueldos, calculo que igual le pagarán ya que no puede trabajar en otro lado, pero no lo se. Y luego si tiene alguna incapacidad, lo indemnizaran-Tene en cuenta que las lesiones en la cara, las cicatrices bien curadas, son las unicas cicatrices indemnizables como incapacidad así que por ahí podés tener "suerte" ya que si se cura no hay mayor indemnización.
 #593433  por doctis
 
Gracias por tu ayuda!
Ahora te pregunto, tienen que hacerle un examen medico de egreso??? Esto es para las industrias?? En donde lo encuentro es alguna resolucion?? Y por otro lado, vos decis que una vez que un medico laboralista me haga el informe sobre incapacidad, en cuanto a problema epidermis o enfermedad en la piel, recien ahi tendria que enviar una CD a la ART y al Empleador, e iniciar en todo caso un SECLO en Capital, porq calculo q la ART tiene domicilio legal en Capital, aunq el empleador lo tenga en Pcia.
Y en cuanto a la indemnizacion por despido, la puede retirar pero reservando derechos, dificil q le den el cheque si se los reserva, o no hace falta??? Gracias!
 #593451  por marianogalli
 
Algo que te puede servir es ir al boletin oficial que esta en el colegio de abogados de capital federal y pedite toda la información que haya sobre la sociedad que queres demandar. En mi experiencia la mayoria de las empresas tienen domicilio legal en capital. De lo que te infome el boletin te sale quienes los socios y el domicilio legal

atte dr mariano Galli
 #593506  por sonicobcn
 
doctis escribió:Gracias por tu ayuda!
Ahora te pregunto, tienen que hacerle un examen medico de egreso??? Esto es para las industrias?? En donde lo encuentro es alguna resolucion?? Y por otro lado, vos decis que una vez que un medico laboralista me haga el informe sobre incapacidad, en cuanto a problema epidermis o enfermedad en la piel, recien ahi tendria que enviar una CD a la ART y al Empleador, e iniciar en todo caso un SECLO en Capital, porq calculo q la ART tiene domicilio legal en Capital, aunq el empleador lo tenga en Pcia.
Y en cuanto a la indemnizacion por despido, la puede retirar pero reservando derechos, dificil q le den el cheque si se los reserva, o no hace falta??? Gracias!
No hace falta que reserve derechos, son irrenunciables...
Art. 12. — Irrenunciabilidad.

Será nula y sin valor toda convención de partes que suprima o reduzca los derechos previstos en esta ley, los estatutos profesionales, las convenciones colectivas o los contratos individuales de trabajo, ya sea al tiempo de su celebración o de su ejecución, o del ejercicio de derechos provenientes de su extinción.
Saludos...