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  • DUDA EN COMPUTO DE VACACIONES S/ REAL ANTIGUEDAD

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 #592563  por LauraS
 
Hola colegas, se me hizo una laguna y no quiero iniciar demanda incurriendo en error, por lo cual recurro a su buena voluntad para sacarme de la incertidumbre.

Tengo el siguiente caso: Mi clienta ingresa a trabajar en FEBRERO DE 1999, pero se la registra en ENERO DE 2001.
Egresa (por despido indirecto por negativa a correcta registracion) en MAYO DE 2010.
Esta claro que, a los efectos de antiguedad, computa 11 años (10 y fraccion)
Ahora bien: Quisiera reclamar diferencias en vacaciones por periodo no prescripto, dado que, tanto en los años 2009 como en 2010 YA COMPUTABA mas de 10 años de antiguedad (REAL, NO REGISTRAL) y sin embargo le liquidaban 21 dias, cuando correspondian 28.
Tambien quiero acreditar que en los años 2005-2006 le pagaban 14 dias, debiendo computarle 21..Es asi?? o estoy equivocada?? Ya se que esas diferencias 2005-2006 no puedo ya reclamarlas porque estan recontra prescriptas, pero mi intencion es acompañar los respectivos recibos de liquidacion de vacaciones conjuntamente con una CD que se envio en su momento intimando al pago de la semana no computada, conforme los 2 años de antiguedad no registrados por la empresa...

Es asi, o me estoy mareando demasiado??? Sepan disculpar, no se si es el frio, la feria, o las neuronas ya no me dan... Gracias!!
 #592593  por agentil
 
Si es para reclamar las no prescriptas entiendo que no es necesario acreditar que en su momento las reclamastes. Ahora si esuvieran prescriptas sí sería bueno para suspender la prescripción y así que pueda entrar el reclamo. Igual lo que abunda no daña pero creo que en el caso no hace falta al menos es lo que entendí, saludos!!
 #592787  por LauraS
 
ok, buenisimo. Pero mi duda radica en el sig punto: Si entro a trabajar en Febrero del 99... cuando cumpliria los 5 años de antiguedad, a los efectos que se le computen 21 dias de vacaciones???
 #592850  por GU
 
LauraS escribió:ok, buenisimo. Pero mi duda radica en el sig punto: Si entro a trabajar en Febrero del 99... cuando cumpliria los 5 años de antiguedad, a los efectos que se le computen 21 dias de vacaciones???
Eventualmente, le hubieran correspondido 21 dias a partir del 2005 (31/12).

De todas formas, no corresponde reclamarlo, esta prescripto y no pasa seguro.

Solo te queda lo que te dijeron de utilizar la intimacion oportunamente enviada como suspension de la prescripcion o adicionar el 1/3 del periodo no gozado.

Salutes!
 #592941  por LauraS
 
Perdon Gu!! Si En Febrero del 2000 cumple 1 año de antiguedad...
Febrero de 2001 cumple 2,
Febrero de 2002 cumple 3,
Febrero de 2003 cumple 4
Febrero de 2004 cumple 5

No corresponderia que le hubieran asignado a Diciembre de 2004 ya los 21 dias de vacaciones???

Gracias!
 #593088  por GU
 
Nada que perdonar, esta perfecto. Al 31/12/04 ya tiene mas de 5 años de antiguedad, por lo que respecto a ese periodo le habrian correspondido los 21 dias.

Gracias por la correccion y perdon por el dato falso!

Salutes!
 #593530  por LauraS
 
Muchas gracias por la aclaracion Gu!! Estaba en duda en ese punto! Ahora si, mucho mas claro! Gracias por tu aporte!:)