Hola: sí pueden firmar todos, o algunos o uno solo., pues todos los herederos están presentados ya con el primer escrito (y aunque no lo estuvieran) no importa, el acto de uno solo de ellos beneficia al resto., por eso hay gastos a cargo de la masa y gastos particulares. de todos modos, si alguno te da poder recorda que debe ser PODER ESPECIAL PARA la sucesión de fulano de tal...... con competencia en el Dpto Judicial de............ en atención al último domicilio del causante, o en atención a donde están radicados los bienes, etc. espero te sirva, un saludo. Moniba
la ciega fe en la autoridad es el primer enemigo de la verdad (A. Einstein)