Colegas, tengo un contrato de concesión. Se concedió la explotación de un bar en un complejo propiedad de una asociación civil, yo voy por el concedente o sea la asociación civil sin fines de lucro.
Primer punto: el contrato se rige por el código civil o por el código de comercio?
El concedente utilizaba el bar sin fines de lucro, luego lo concesionó a un comerciante, pero el dinero que se paga como contraprestación de la explotación es utilizado por los concedentes de la misma forma que antes, es decir, la intención del concedente no es lucrar, pero tengo presente que una de las partes es comerciante y por ello la duda.
Segundo: Que normas supletorias se aplican ? ya que no lo he encontrado en el código civil.
Tercero: No se estipuló nada sobre la cesión de la explotación. Está permitido cederlo al concesionario?? Que normas supletorias se podrían aplicar ?
Gracias y Saludos !!
Primer punto: el contrato se rige por el código civil o por el código de comercio?
El concedente utilizaba el bar sin fines de lucro, luego lo concesionó a un comerciante, pero el dinero que se paga como contraprestación de la explotación es utilizado por los concedentes de la misma forma que antes, es decir, la intención del concedente no es lucrar, pero tengo presente que una de las partes es comerciante y por ello la duda.
Segundo: Que normas supletorias se aplican ? ya que no lo he encontrado en el código civil.
Tercero: No se estipuló nada sobre la cesión de la explotación. Está permitido cederlo al concesionario?? Que normas supletorias se podrían aplicar ?
Gracias y Saludos !!
Doctor: cito