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  • sucesión del cónyuge 50% ganancial

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 #593699  por VNatalia
 
Hola! me surgió la siguiente duda (se me hizo una laguna del derecho...jaja):
Es necesario que el cónyuge se presente en la sucesión de su esposo fallecido si hay únicamente un bien, que es ganancial, y hay hijos???
O sea, existe un único bien, cuyo 50% es de la esposa y el otro 50% es del fallecido. La esposa no hereda porque hay dos hijos, entre los q se va a dividir el 50% del padre. La esposa, precisa presentarse en la sucesión para recuperar su 50% ganancial?
Puede vender ella su parte? porque si en realidad tiene el 50% por ganancialidad y no hereda nada no tendría q hacer sucesión por ese 50% no?
Y cómo se haría la venta? basta con llevarle el certificado de defunción al escribano????
Agradeceré sus respuestas!
Saludos!!
 #593893  por sole10
 
VNatalia escribió:Hola! me surgió la siguiente duda (se me hizo una laguna del derecho...jaja):
Es necesario que el cónyuge se presente en la sucesión de su esposo fallecido si hay únicamente un bien, que es ganancial, y hay hijos???
Sí,debe acreditar el vínculo.


O sea, existe un único bien, cuyo 50% es de la esposa y el otro 50% es del fallecido. La esposa no hereda porque hay dos hijos, entre los q se va a dividir el 50% del padre. La esposa, precisa presentarse en la sucesión para recuperar su 50% ganancial?
No.El 50 % le pertenece en calidad de socia de la sociedad conyugal,que integraba con el causante.No tiene que recuperar nada.

Puede vender ella su parte? porque si en realidad tiene el 50% por ganancialidad y no hereda nada no tendría q hacer sucesión por ese 50% no?
Si pretende vender su 50 % indiviso,obviamente no tiene que hacer sucesión,por la sencilla razón de que está viva.

Y cómo se haría la venta? basta con llevarle el certificado de defunción al escribano????
La venta se haría cómo cualquier otra,debe llevar el título de propiedad -para acreditar titularidad de dominio-,tramitar los certificados correspondientes.La partida de defunción sólo sería,para hacer conocer,su condición de viuda.

Agradeceré sus respuestas!
Saludos!!
 #593899  por VNatalia
 
Hola!, muchísimas gracias por tu respuesta.
Me quedó una duda, porq veo q me dijiste q se tiene q presentar en la sucesión para acreditar el vínculo. Para qué??' si total ella no hereda, sino q ya tiene su 50% por ganancialidad. No se si te entendí mal?????

Gracias!!!!
 #594135  por sole10
 
VNatalia escribió:Hola!, muchísimas gracias por tu respuesta.
Me quedó una duda, porq veo q me dijiste q se tiene q presentar en la sucesión para acreditar el vínculo. Para qué??' si total ella no hereda, sino q ya tiene su 50% por ganancialidad. No se si te entendí mal?????

Gracias!!!!
Siempre se acredita el vínculo conyugal;puede suceder,por ejemplo,que luego -eventualmente-aparezcan bienes propios del causante,de los cuales el cónyuge supérstite SI hereda.

Saludos !!!!
 #594138  por VNatalia
 
Ahh!!!, ok, muchísimas gracias!
O sea, que si bien no es necesario por el tema de los gananciales, es conveniente hacerlo por ej., por el tema de los bs. muebles no registrables, o cualquier otra cosita que haya quedado para suceder, y fuere bien propio del causante.

Te agradezco muchísimo.

Saludos!!!!