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  • demanda de desalojo

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 #595499  por doctorius2010
 
Buenas tardes colegas,El caso es el siguiente:
Tengo un cliente con un contrato de alquiler vencido hace mas de 4 años y ahora los locadores quieren que inicie el juicio de desalojo contra los ocupantes, pero la duda que tengo es que el inmueble era de propiedad de un matrimonio que luego el marido falleció y quedaron 2 hijos, o sea que el contrato de locución en cuestión fue hecho por la cónyuge sobreviviente y uno de los hijos (los locadores) ,entre los hermanos existe muy buena relación y no hay ningún tipo de problemas entre ellos, pero la pregunta es : ¿para iniciar la demanda de desalojo es necesario que primero haga la declaratorio o la cónyuge sobreviviente y uno de los hijos (que son los que figuran en el contrato de locacion como locadores ) están legitimados para iniciar el juicio de desalojo?, . Aclaro que esto es en la ciudad de Córdoba.
 #595612  por BRENDITA
 
de acuerdo a lo q yo he leido, la legitimación activa la tiene el q figura en el contrato como locador (no importa q no sea el propietario), x lo menos donde yo litigo (sta. fe) no me hacen presentar escritura del inmueble (o sea, q de acuerdo a esta postura los locadores de tu caso pueden iniciar el desalojo sin pedir declaratoria), pero he visto fallos de otras zonas donde exigen q el actor sea propietario de la cosa.
 #595613  por sole10
 
doctorius2010 escribió:Buenas tardes colegas,El caso es el siguiente:
Tengo un cliente con un contrato de alquiler vencido hace mas de 4 años y ahora los locadores quieren que inicie el juicio de desalojo contra los ocupantes, pero la duda que tengo es que el inmueble era de propiedad de un matrimonio que luego el marido falleció y quedaron 2 hijos, o sea que el contrato de locución en cuestión fue hecho por la cónyuge sobreviviente y uno de los hijos (los locadores) ,entre los hermanos existe muy buena relación y no hay ningún tipo de problemas entre ellos, pero la pregunta es : ¿para iniciar la demanda de desalojo es necesario que primero haga la declaratorio o la cónyuge sobreviviente y uno de los hijos (que son los que figuran en el contrato de locacion como locadores ) están legitimados para iniciar el juicio de desalojo?, . Aclaro que esto es en la ciudad de Córdoba.
Si el contrato de locación fue firmado por la cónyuge supérstite y uno de sus hijos,no hace falta iniciar sucesión;el locatario (al firmarlo) reconoce en éstas personas,la obligación de restituirles el inmueble,llegado el caso.
Distinto sería si el locador falleció luego de celebrar la locación;algunos jueces piden DH para iniciar desalojo,otros no (depende del famoso "criterio del juzgado").