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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #59574  por dr. protagoras
 
Hola, quería saber si es necesario tramitar la baja definitiva de una persona que tiene inscripción en ganancias en el 90, con baja provisoria en 2002, para que acuerden la jubilación.

(pienso renunciar a los períodos x art. 1 ley 25321).

Muchas gracias

 #59586  por empí©docles
 
No.- Si tiene baja de oficio podés aplicar el cese ficto al último aporte y por el resto 25321
 #60488  por rachelcba
 
dr. protagoras escribió:Hola, quería saber si es necesario tramitar la baja definitiva de una persona que tiene inscripción en ganancias en el 90, con baja provisoria en 2002, para que acuerden la jubilación.

(pienso renunciar a los períodos x art. 1 ley 25321).

Muchas gracias
Hola Protágoras: Fijate en el PUC en datos del contribuyente, donde dice "pasivo dto 1299", si dice "no" no hay problema con la baja de ganancias, en cambio si dice "si" o situación "pasivo", vas a tener que regularizarle la situación en ganancias, xq te traba la jubilación. Para mayor seguridad consultalo en la AFIP. Suerte !

 #61841  por dr. protagoras
 
Muchas gracias por las respuestas!

 #61873  por empí©docles
 
dr. Protagoras:
Regularizar la situación en ganancias le va a significar un gastito importante a lo que no se puede condenar al cliente por el sólo hecho de que no es el propio.- Uno de los motivos de la consideración del cese ficto fue la imposibilidad de los inscriptos en AFIP que se veían obligados a declarar aportes hasta la actualidad po no poder dar la baja definitiva.- La realidad es que si la AFIP dio la baja de oficio es porque no había movimientos por parte del contribuyente; ergo, se presume que no había actividad.-
Hacé como mejor te parezca pero la circ. 51 te soluciona la cuestión permitiendo "dar el cese" al ultimo pago registrado, independientemente de la baja de oficio.- Lo mismo ocurre ahora con los que no se reempadronaron a partir del 03/2007.-
Contanos cómo te va yendo con el caso.-