saludos a todos los colegas.
Escribo en busca de opiniones urgentes ya que debo contestar una demanda de divorcio art. 214 inc.2 pasado mañana...
Lo cierto es que las intenciones de mi clienta no son allanarse a la demanda ya que, a pesar de estar separados de hecho hace 10 años, el fue quien diera causa a la separacion pues le ha sido infiel, circunstancia de la que ella toma conocimeinto estando con tratamientos medicos por un tumor que finalmente resulto no ser cancerigeno. Desde el momento que ella se entera el se va a vivir a la casa de la madre y a pesar de que ha intenftado volver el al hogar conyugal por casi un año despues, incluso estando a la vez con la amante, finalmente dejan de hablarse hasta el dia de la fecha en que le llega a ella la demanda de divorcio en los terminos del 214 inc 2.
La duda es:
debería reconvenir en los términos del art. 204? es decir, probar que ella no dio lugar a la separacion solo para dejar a salvo los derechos de conyuge inocente, reconociendo la causal objetiva..?
o debo reconvenir por la causal de injuriuas del art 202 directamente?
cuales serian las diferencias?
u
Escribo en busca de opiniones urgentes ya que debo contestar una demanda de divorcio art. 214 inc.2 pasado mañana...
Lo cierto es que las intenciones de mi clienta no son allanarse a la demanda ya que, a pesar de estar separados de hecho hace 10 años, el fue quien diera causa a la separacion pues le ha sido infiel, circunstancia de la que ella toma conocimeinto estando con tratamientos medicos por un tumor que finalmente resulto no ser cancerigeno. Desde el momento que ella se entera el se va a vivir a la casa de la madre y a pesar de que ha intenftado volver el al hogar conyugal por casi un año despues, incluso estando a la vez con la amante, finalmente dejan de hablarse hasta el dia de la fecha en que le llega a ella la demanda de divorcio en los terminos del 214 inc 2.
La duda es:
debería reconvenir en los términos del art. 204? es decir, probar que ella no dio lugar a la separacion solo para dejar a salvo los derechos de conyuge inocente, reconociendo la causal objetiva..?
o debo reconvenir por la causal de injuriuas del art 202 directamente?
cuales serian las diferencias?
u