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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #597004  por lorenamazza
 
Hola, alguien sabe si la jubilacion de docentes a nivel nacional y a nivel de IPS es incompatible con la actividad?
Si una maestra/profesora de nivel medio se jubila, puede seguir dando clase?

Muchas gracias a quienes me puedan ayudar!!!!!!!
 #597075  por periquita
 
lorenamazza escribió:Hola, alguien sabe si la jubilacion de docentes a nivel nacional y a nivel de IPS es incompatible con la actividad?
Si una maestra/profesora de nivel medio se jubila, puede seguir dando clase?

Muchas gracias a quienes me puedan ayudar!!!!!!!
A nivel nacional es incompatible, no puede trabajar en relación de dependencia, en IPS sí puede trabajar cómo docente
Saludos
 #597512  por dool
 
me imaginé que periquita iba a responder éste post.-
es nuestra especialista en docencia!!
 #597662  por periquita
 
dool escribió:me imaginé que periquita iba a responder éste post.-
es nuestra especialista en docencia!!

Ja... ja...!!
Hay otros que también colaboran.
Saludos
 #598089  por turca1952
 
Hola Periquita, tengo una señora que cumplio tareas docentes en 2 colegios privados, el primero desde el 01/01/1992 hasta el 31/12/1998, el otro desde el 01/01/1995 hasta el 28/02/2010 completo entre anses desde el 01/1992 hasta el 06/1994, despues los aportes son IPS, en total tengo 18 años por lo tanto se jubila por IPS, mi consulta es cuantos años le tengo que comprar ley 24476 de contado para reconocimiento en anses? , desde ya te agradezco tu repuesta.
 #598146  por periquita
 
turca1952 escribió:Hola Periquita, tengo una señora que cumplio tareas docentes en 2 colegios privados, el primero desde el 01/01/1992 hasta el 31/12/1998, el otro desde el 01/01/1995 hasta el 28/02/2010 completo entre anses desde el 01/1992 hasta el 06/1994, despues los aportes son IPS, en total tengo 18 años por lo tanto se jubila por IPS, mi consulta es cuantos años le tengo que comprar ley 24476 de contado para reconocimiento en anses? , desde ya te agradezco tu repuesta.
Hola turca
Habría que hacer bien las cuentas. Si IPS va a ser Caja Otorgante, supongo que sí.
No tengo claro porqué ponés que hasta 06/1994 aportó a ANSES :?:
Si hablamos de la Prov. de Bs. As y de un secundario, los aportes se pasaron en enero de 1994, no en junio, tendría 15 años y un mes.
Supongo que es al frente de alumnos.
Tenés que prorratear con 35 años de servicios comunes si se jubila en el IPS, aunque los regularices por ANSES.
También supongo que tendrá la edad necesaria.
Saludos
 #598180  por turca1952
 
si tenes razon con los aportes pero fueron simultaneos, en anses me reconocen con certificacion de servicios , que ya tengo desde el 01/01/1992 hasta el 06/1994, ya que los aportes desde el 01/1994 tambien fueron a ips, la señora tiene 64 años, profesora de musica hasta el 02/2010 tengo certificacionde servicios, faltan degrep o algo asi (nunca logro retener el nombre exacto) con lo cual el ips reconoce como docente 18 años y 2 meses, es caja otorgante, ella renuncio 28/02/2010, con telegrama, ahora bien esa es mi duda cuantos años le tengo que comprar porque ips, me dice que por elñ prorrateo serian 9 años y 4 meses, esta es mi duda no quisiera hacerle pagar de contado esa suma mas o menos 6000$ y que despues me falten, vos tenes armado un programa de prorrateo?, gracias por dezasnarme en esto
 #598193  por periquita
 
No tengo ningún programa lo hago manual con una calculadora.
Cada año docente equivale a 1,4 comunes.
No hice las cuentas pero el cálculo esta bastante aproximado, vas a necesitar 9 años y pico, a lo mejor algunos meses más que cuatro.
Saludos
 #868934  por Laly22
 
Me consulta una docente que se jubila en ANSeS y sigue trabajando en Pcia de Buenos Aires, al presentar un reclamo por error material en la jubilación de ANSeS, me contestan que debo 1º presentar el cese definitivo en Pcia de Buenos Aires, ya que incurre en incompatibilidad y que posteriormente le reclamaran los haberes percibidos indebidamente.
Alguien me puede orientar, ya que la incompatibilidad es solo a nivel Nacional *leo*
Gracias
 #869004  por hbada
 
Laly22 escribió:Me consulta una docente que se jubila en ANSeS y sigue trabajando en Pcia de Buenos Aires, al presentar un reclamo por error material en la jubilación de ANSeS, me contestan que debo 1º presentar el cese definitivo en Pcia de Buenos Aires, ya que incurre en incompatibilidad y que posteriormente le reclamaran los haberes percibidos indebidamente.
Alguien me puede orientar, ya que la incompatibilidad es solo a nivel Nacional *leo*
Gracias
no entiendo creo periquita lo deberia aclarar

si se jubilo por anses y sigui trabajando en pcia aportando al ips....si hizo reclamo por haberes mal liquidados al anses como va presentar cese en pcia sera para acrecentar jubilacion en anses....pero no le pueden decir que es incompatibles ya que esta permitido....me refiero a si en anses aporto por trabajos en relacion de dependencia en empresas privadas.....
tengo un caso similar que esta esperando que le salga el juicio por calculos mal efectuados ellif ...etc.....y no presentra el cese hasta que no salga dicho juicio que ya tiene sentencia ...para no interferi....

a ver periquita si aclaras que oscurece

hay o no incompatibilidad

saludos
 #869019  por periquita
 
Laly22 escribió:Me consulta una docente que se jubila en ANSeS y sigue trabajando en Pcia de Buenos Aires, al presentar un reclamo por error material en la jubilación de ANSeS, me contestan que debo 1º presentar el cese definitivo en Pcia de Buenos Aires, ya que incurre en incompatibilidad y que posteriormente le reclamaran los haberes percibidos indebidamente.
Alguien me puede orientar, ya que la incompatibilidad es solo a nivel Nacional *leo*
Gracias
Es correcto, es incompatible para un docente jubilado por ANSES trabajar en relación de dependencia con aportes para CUALQUIER CAJA.
Al hacer el reclamo habrá saltado que sigue trabajando y está bien que le pidan el cese y que le reclamen lo percibido en forma indebida.
Saludos
 #869201  por hbada
 
periquita escribió:
Laly22 escribió:Me consulta una docente que se jubila en ANSeS y sigue trabajando en Pcia de Buenos Aires, al presentar un reclamo por error material en la jubilación de ANSeS, me contestan que debo 1º presentar el cese definitivo en Pcia de Buenos Aires, ya que incurre en incompatibilidad y que posteriormente le reclamaran los haberes percibidos indebidamente.
Alguien me puede orientar, ya que la incompatibilidad es solo a nivel Nacional *leo*
Gracias
Es correcto, es incompatible para un docente jubilado por ANSES trabajar en relación de dependencia con aportes para CUALQUIER CAJA.
Al hacer el reclamo habrá saltado que sigue trabajando y está bien que le pidan el cese y que le reclamen lo percibido en forma indebida.
Saludos
ahhh si Periquita si era docente aportando al anses

pero el caso que tengo yo es una persona que aporto al anses sin ser docente actividad privada primero anses luego se paso a afjp y luego lo pasaron a anses....y ahi se jubilo en 2010.....y sigue trabajando y sigue en pcia bs as como docente aportando al ips en este caso es compatible

creo el caso ya lo conoces estas de acuerdoooooo

gracias por estar siempre ahi presente
 #869222  por periquita
 
hbada escribió: ahhh si Periquita si era docente aportando al anses

pero el caso que tengo yo es una persona que aporto al anses sin ser docente actividad privada primero anses luego se paso a afjp y luego lo pasaron a anses.no influye para el análisis
...y ahi se jubilo en 2010.....y sigue trabajando y sigue en pcia bs as como docente aportando al ips en este caso es compatible no

creo el caso ya lo conoces estas de acuerdoooooo la verdad que no lo conozco, si alguna vez te orienté, la verdad es que no me acuerdo, son muchas las respuestas y mi memoria.......

gracias por estar siempre ahi presente de nada
 #869224  por hbada
 
periquita escribió:
hbada escribió: ahhh si Periquita si era docente aportando al anses

pero el caso que tengo yo es una persona que aporto al anses sin ser docente actividad privada primero anses luego se paso a afjp y luego lo pasaron a anses.no influye para el análisis
...y ahi se jubilo en 2010.....y sigue trabajando y sigue en pcia bs as como docente aportando al ips en este caso es compatible no

creo el caso ya lo conoces estas de acuerdoooooo la verdad que no lo conozco, si alguna vez te orienté, la verdad es que no me acuerdo, son muchas las respuestas y mi memoria.......

gracias por estar siempre ahi presente de nada


gracias periquita

tero entiendo que el podia trabajar en la docencia a pesar de que se habia jubilado en el 2010 en el anses........desde 1987 viene trabajando y aportando al ips......pienso que le corresponde acrecentar su jubilacion en anses cuando deje de trabajar en docencia y presentar los certificados de servicios prestados.....creo no le puden pedir que devuelva nada.....solo que le deberian computar loas años hasta 2010 ...los posterios clin caja......es asi o no

gracias
 #869226  por hbada
 
periquita

fijate lo que hay en este topico....

Jubilado de Anses quiere incorporar aportes de IPS_php.mht!viewtopic.php?f=8&t=160458

para mi esta persona se jubilo por la ley 24241.....si tiene mas años por anses que por ips....

se jubilo en anses en 2010 ahi cumplio los 65 años

y trabajo en DGE aportando al ips desde 1987 ya van creo 25 años.......

antes se podia jubilar por las dos cajas en forma independiente

en anses no le preguntaron cuando se jubilo si trabajaba en DGE ...debio decir algoooooo o no era necesario

gracias