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  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #597666  por Anab
 
Hola, que tal
Les cuento: inicie demanda ofreciendo prueba, toda menos la confesional, la iba a dejar para el traslado del 71; ahora bien la demandada contesta extemporaneamente la demanda y lo tienen por rebelde. Ya quedo firme, porque pasaron los 3 días más dos primeras. Mi pregunta es:¿Puedo ofrecer la prueba confesional? o ¿Debería haberla ofrecido en esos tres días también?
De no poder ofrecerla, me perjudica en mucho porque igual esta rebelde.

Por favor el que me pueda dar una mano se lo agradezco.

Anab.
 #597670  por Anab
 
Hola, que tal
Les cuento: inicie demanda ofreciendo prueba, toda menos la confesional, la iba a dejar para el traslado del 71; ahora bien la demandada contesta extemporaneamente la demanda y lo tienen por rebelde. Ya quedo firme, porque pasaron los 3 días más dos primeras. Mi pregunta es:¿Puedo ofrecer la prueba confesional? o ¿Debería haberla ofrecido en esos tres días también?
De no poder ofrecerla, me perjudica en mucho porque igual esta rebelde.

Por favor el que me pueda dar una mano se lo agradezco.

Anab.
 #597982  por dranriques
 
Anab escribió:Hola, que tal
Les cuento: inicie demanda ofreciendo prueba, toda menos la confesional, la iba a dejar para el traslado del 71; ahora bien la demandada contesta extemporaneamente la demanda y lo tienen por rebelde. Ya quedo firme, porque pasaron los 3 días más dos primeras. Mi pregunta es:¿Puedo ofrecer la prueba confesional? o ¿Debería haberla ofrecido en esos tres días también?
De no poder ofrecerla, me perjudica en mucho porque igual esta rebelde.

Por favor el que me pueda dar una mano se lo agradezco.

Anab.
PARA MI LA HUBIERA OFRECIDO EN LA DEMANDA, EL ART 71 TE DA EL PLAZO DE 3 DIAS PARA QUE OFREZCAS PRUEBA SOBRE LA CONTESTACION DE LA DEMANDA POR PARTE DE LA DEMANDADA. SI YA TENES DECLARADA LA REBELDIA AUN CUANDO LA DEMANDADA CONTESTO FUERA DEL PLAZO LEGAL LA PODES OFRECER. OFRECELA PARA VER QUE TE DICE EL TRIBUNAL. TOTAL LA CAUSA ESTA A TU FAVOR. SALUDOS