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  • ACCIDENTE in itinere. Muerte del trabajador.

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
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 #597831  por Martin955
 
Hola colegas!
Tengo un caso muy interesante en el cual el trabajador falleció en un accidente -sin intervención de terceros- saliendo de su trabajo en un campo.
No llegó a desviarse del camino hacia su hogar familiar ya que el campo queda a 5 km de la ruta que lleva a la ciudad y el accidente fue a mitad de camino entre el campo y dicha ruta.
Pero el tema es que el empleado residía en el campo, es decir q era trabajador con casa dentro de la estancia, y sólo iba a su hogar familiar los domingos al mediodía, a almorzar, para reintegrarse al trabajo el día lunes.
La ART rechazó el reclamo porq cnsideran que se trata de un accidente inculpable, lo cual no tiene sustento de ningún tipo. Al menos no en la ley.

Alguno tiene idea de cuál podrá ser el argumento de la ART en la contestación de la demanda?

Creo que el hecho de que el empleado redisiera en el campo hace que el concepto de "in itinere" sea complejo. Pero de todas maneras me parece que esto debería jugar a favor de mi cliente ya que si se considera que al residir en el trabajo uno no tiene cobertura por accidentes in itinere el empleado estaría más desamparado que otros por la misma ley.

Espero sus sugerencias.
 #597912  por miletrado
 
La ART va a fijar su postura en que no fue in itinere. Vos tenes que tener en cuenta , que domicilio tenia el trabajador en su dni?, tambien fijate la ley de trabajo agrario. Ya que si el día de descanso iba a su casa eso es accidente in itinere.

Saludos
 #597973  por DAL
 
Si tiene residencia en el empleo, no es in itinere. Si uno se accidenta yendose de vacaqciones, no es in itinere.
 #597978  por inechu
 
Y no es accidente in itinere, porque vive donde trabaja, no hay traslado de su trabajo a su domicilio. Esta correcto lo de ART, lo que te queda es cobrar la indemnizacion por fallecimiento y los seguros de vida obligatorios.
 #621599  por Martin955
 
Voy por la acción civil. Después de estudiar bastante el tema, estoy convencido de que es un accidente in itinere. La base de estudio surgió de la pregunta: "si el trabajador deja el trabajo de un día para el otro, ¿se queda sin domicilio?'" Claro que no! Saludos a todos. Y gracias.
 #621752  por DAL
 
Bien, podés discutir si es in itinere o no.
Pero la acción civil??? contra quien???? ojo con el 1113 que no te salgan con la culp de la victima. Sobre todo si fue un accidente sin intevención de terceros. Tene en cuenta que cuando sale de la empresa, o del trabajo, cesa el deber de seguridad del empleador.