Estimados: solicite una pericia por una trabajadora en negro, solicitando: Se designe de oficio PERITO CONTADOR para que, revisando prolijamente los libros y demás documentación de la demandada, dictamine sobre los siguientes puntos: 2.) Si están llevados en legal forma, reuniendo los recaudos previstos por el art. 52 (t.o.) de la Ley 20.744; 11.) Cálculo de las sumas y conceptos reclamados, ello para el supuesto de prosperar la demanda a cuyo efecto el experto deberá considerar la incidencia del S.A.C. sobre las remuneraciones a los fines de determinar la remuneración-base, toda vez que dicho concepto (el S.A.C.) ha sido considerado como "salario diferido" por al S.C.J.B.A.
el perito me responde que son llevados en hojas moviles, de los cuales de 46 meses, solo 11 fueron rubricados en forma alternada. siendo llevados cumpliendo con los requisitos del art. 52, a excepcion de la falta de rubrica. LO CUAL NO ENTIENDO PORQUE NO DICE QUE NO SON LLEVADOS CONFORME AL ART 52. INC. 4 y aca la frutilla...en el escrito de demanda en un punto practique liquidacion y el perito dice q se excusa de expedirse porque consistiria en practicar liquidacion de acuerdo a los hechos relatados en la demanda, siendo q estos estan sujetos al decisorio de V.S.. que la tarea del perito es dictaminar sobre datos concretos y no sobre dichos de la actora, porque no surjen de verificacion de registros...entiendo que tratandose de una trabajadora en negro, no va a haber nunca registro que respalden...su relacion laboral, igual voy a presentar un pedido de explicaciones. alguien que me de su opinion...
el perito me responde que son llevados en hojas moviles, de los cuales de 46 meses, solo 11 fueron rubricados en forma alternada. siendo llevados cumpliendo con los requisitos del art. 52, a excepcion de la falta de rubrica. LO CUAL NO ENTIENDO PORQUE NO DICE QUE NO SON LLEVADOS CONFORME AL ART 52. INC. 4 y aca la frutilla...en el escrito de demanda en un punto practique liquidacion y el perito dice q se excusa de expedirse porque consistiria en practicar liquidacion de acuerdo a los hechos relatados en la demanda, siendo q estos estan sujetos al decisorio de V.S.. que la tarea del perito es dictaminar sobre datos concretos y no sobre dichos de la actora, porque no surjen de verificacion de registros...entiendo que tratandose de una trabajadora en negro, no va a haber nunca registro que respalden...su relacion laboral, igual voy a presentar un pedido de explicaciones. alguien que me de su opinion...
yo? yo soy abogado...
