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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #598276  por laulef
 
Hola gente del foro!, una pregunta: la guarda legal de un menor de 10 años por parte de la abuela le da derecho a cobrar la pension al menor si esta falleciera? o solo es a los fines de tener su obra social?...los padres trabajan en lugares privados y quieren hacer la guarda legal puesto que la señora ya es una mujer muy anciana pensando en que podria quedar para la niña la jubilacion .
Muchas gracias por las respuestas! estoy en los primeros años de derecho y la verdad no se como es esto.
 #598326  por sole10
 
La guarda se otorga cuando los padres del menor no pueden,no quieren o están impedidos de hacerse cargo del mismo;por eso,se trata de un instituto legal que suple tales faltas,a fin de que el niño no quede desamparado.
Tal y cómo lo planteás,parecería que los fines de la guarda,son otros (quedarse con la pensión de la abuela),en ésas circunstancias,ningún juez la otorgaría.
 #602025  por sonysol7
 
La guarda legal sería la tutela legal del art. 389 del CC??
 #622575  por andrea37
 
Hola, yo tengo el caso de un menor discapacitado que vive con su abuelo, los padres viven pero no trabajan formalmente. El menor tiene una pensión por discapacidad y la obra social de profe, que no le cubre el tratamiento, como si lo haría pami, se puede hacer la guarda al abuelo a fin de obtener la obra social? la verdad es que los padres NUNCA consiguen trabajo y el menor está muy desprotegido. Gracias!