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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #598367  por karinabril
 
HOLA COLEGAS NO MANEJO DERECHO LABORAL QUISIERA CONSULTAR ALGUNAS DUDAS. MI CLIENTA TRABAJA EN UN LABORATORIO QUE ES PRIVADO Y ESTA DENTRA DE UNA CLINICA. TRABAJO 24 AÑOS Y AVERIGUANDO EN SU GREMIO LE DIJERON QUE POR EL CONVENIO QUE A ELLA LE CORRESPONDE LE ESTARIAN PAGANDO MIL PESOS MENOS.LO QUE ELLA ME PLANTEA ES QUE QUIERE, COMO SEREIA EL CAMINO PARA PODER LLEGAR A UN ARREGLO?. INTIMAR A SU JEFA AQUE REGULARICE SU SITUACION EN CUANTO A SU REMUNERACION Y CONSIDERARSE DESPEDIDA PARA EL CASO QUE NO LO HICIERE? Y DE AHI IR AL SECLO? A VER QUE PROPONEN EN BASE A LO QUE PEDIMOS? ME AYUDAN!!!!
 #598369  por Gyzella
 
Hola: Yo lo que haria es or al sindicato y preguntarle que categoria laboral le corresponde a tu cliente, y ademas pedirles un par de escalas salariales viejas. En base a ello, sacas las diferencias salariales e intimas la correcta registracion y que le abonen las diferencias salariales pertienentes en base a estar erronemente registrada bajo apercibimiento de considerarse despedida y reclamar las indemnicaciones de ley. espero te sirva. bs
 #598409  por bleger
 
ESTIMO QUE EL RECLAMO EN ESOS TERMINOS TE DARÁ UNA LIQUIDACIÓN BASTANTE ONEROSA, Y QUE EN LA MAYORIA DE LOS CASOS, RESULTA DIFICILMENTE CONCILIATORIA EN LA INSTANCIA EXTRAJUDICIAL.
 #598431  por Gyzella
 
Mi consejo es que independientemete de que resulte onerosa y elevada la liquidacion, es la base del reclamo y es lo que te va a servir como mejor arma para negociar en la conciliacion. Vos tenés que adelantarte y hablar con tu clienta para manejar los numeros y explicarle la realidad economica. Te puede dar 100 mil pesos por ejemplo, pero si a ella le sirven 20 mil ahora y no quiere ir a juicio, y la empresa te lo paga, vos tenés a una clienta feliz y una empresa que tambien lo va a estar.. jajaja
Bs y exitos.-
Despues contanos como te fue.-
 #598460  por BVdobleLL
 
LA OPINIÓN DE GYSELLA A MI CRITERIO ES EXCELENTE.
SALUDOS.
 #599353  por karinabril
 
GRACIAS COLEGAS!!! BUENA ORIENTACION!! LES CUENTO COMO TERMINA, BESOS!!
 #600107  por agentil
 
Gyzella escribió:Hola: Yo lo que haria es or al sindicato y preguntarle que categoria laboral le corresponde a tu cliente, y ademas pedirles un par de escalas salariales viejas. En base a ello, sacas las diferencias salariales e intimas la correcta registracion y que le abonen las diferencias salariales pertienentes en base a estar erronemente registrada bajo apercibimiento de considerarse despedida y reclamar las indemnicaciones de ley. espero te sirva. bs
DISCULPAME GYZELLA PERO PORQUE DECÍS VIEJAS? TENGO ENTENDIDO QUE LAS DIFERENCIAS SALARIALES SE CALCULAN DIRECTAMENTE CON LA ESCALA ACTUAL MULTIPLICANDOLA POR 24 MESES POR LA REMUNERACIÓN QUE PERCIBE EL TRABAJADOR EN LA ACTUALIDAD, SI NO ES ASI DECIME, GRACIAS!!
 #600143  por Gyzella
 
En realidad, si vamos a hacer exactamente los calculos habria que hacer un exel con 3 columnas, sueldo devengado segun cct, sueldo percibido y las diferencias mes a mes, durante los ultimos 2 años (plazo no prescripto). A veces es facil y depende de las ganas, pero generalmente hacemos un estimativo con la cuentita de la ultima escala por 24 meses, igual el perito y el juez lo van a determinar.
Pero el calculo correcto es el que te mencione mas arriba. bs
 #600974  por agentil
 
AAA MIRÁ VOS NO SABIA QUE LO APLICABAN ASÍ LOS PERITOS. PERO IGUAL NO ME PARECE BIEN DEBIDO A QUE VA EN CONTRA DEL PRINCIPIO DE PROGRESIVIDAD, YA QUE SI VOS SACAS LA DIFERENCIA ENTRE LO DEBENGADO Y LO PERCIBIDO DE HACE 2 AÑOS EL MONTO TE VA A DAR DESACTUALIZADO A PLATA DE HOY, NO? BUENO ESE SERÍA MI FUNDAMENTO PASA PLANTEAR, BESOS Y GRACIAS POR ACLARARME LA DUDA QUE ME SURGIÓ.
 #601023  por Gyzella
 
Bueno, tampoco tengo un master!!! Jajaja se le podria aplicar intereses tambien .. me parece.-
Tu opinion esta buena, es logica tambien.-
De algun lado lo saque, no lo invente yo, pero teniendo en cuenta que en la prueba informativa siempre le pedimos las escalas salariales desde los ultimo dos años son exactamente para que el Juez determine realmente las diferencias.-
Bs
 #601283  por agentil
 
ok muchas gracias muy bueno tu aporte, saludos y buen finde!!