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  • Deberà pagar el empleado ò el empleador?

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #601424  por waby
 
Hola, tengo un problema:
En el año 97 llega un oficio al empleador donde dice que debe depositar en una cuenta de un banco en concepto de alimentos, la suma de $230 pesos, con mas lo que equivaldría al 45%, incluidas todas las bonificaciones y adicionales, excluyendo los descuentos de ley. El empleador no entendiendo el oficio, deposita solamente la suma de $230 pesos hasta el día de hoy.
En el año 2002, se hace un reclamo sobre la liquidación errónea de alimentos desde Enero hasta Agosto, se deposita lo reclamado y el juzgado solicita recibos anteriores y posteriores a los meses reclamados, desde ese día y hasta ahora, tanto el juzgado como la demandante, nunca volvieron a reclamar nada.
El tema es que la madre de los chicos hoy reclama que se le pague lo adeudado y la empresa pretende cobrarle a su empleado la suma reclamada por la señora.
No prescriben tantos años sin ningún tipo de reclamo?
Quien debería pagar, la empresa o el empleado?

Les agradecería me pudieran orientar sobre este tema.
Gracias!
 #601706  por Administrador
 
Estimado/a waby: yo creo que no debemos confundirnos respecto a la prescripcion de los alimentos. En este caso, el derecho alimentario ha sido recnocido y se abona hasta la fecha. El problema consiste en una mala liquidacion por parte del empleador. Yo realizaria una nueva presentacion en el expediente, reclamando los depositos mal efectuados hasta la fecha. Si el tema de como liquidar quedo aclarado en el 2002, que paso despues?.... El empleador ya conocia la manera de liquidar. A mi entender responde el y deberia pagar lo debido.-
Le deseo suerte.