Gracias a todos los que respondieron!
darie escribió:Hola, yo en un caso tengo declaratoria, es un solo inmueble y una sola heredera, se vendio la casa y voy por tracto abreviado.Hola Darie: Antes de hacer los tramites de la cedula catastral, pregunta en el juzgado si ellos la exigen, por que tal como vos lo dijiste, la misma solo la piden a los efectos de la inscripción en el reg de la propiedad. A mi en los sucesorios que hice nunca me la pidieron, solo presentaba la valuacion que pedia en arba.
Ahora, voy a denunciar el bien, adjunto copia del titulo de propiedad, los certifi de dominio e inhibicion, y pido regulacion en el minimo, en base a la valuación fiscal (solicitada a arba), y en base a la cual pido se tenga en cuenta para el pago de tasa y sobre tasa, denuncio quien es el comprador y el escribano interviniente, listo. pregunta 1: esto es asi no?, pregunta 2: me pediran para el tema de la valuacion sobre la que van a regular los honorarios y sobre la cual se calculara la tasa, la cedula catastral, o la misma me la pediran al solo efecto de la inscripción????? gracias colegas!!!
saludos y suerte