Colegas, tengo un incidenten de aumento de alimentos iniciado por la progenitora. Lo inicié en su oportunidad en representación de su hijo, que ya tenia 19 años, en ese momento.-
Cierto es que este debe actuar por derecho propio, sin perjuicio de la extensión alimentaria hasta los 21 años.-
La duda es que el demandado manifestó que el alimentado no vivia con su madre (mentira), que este ya era mayor de edad, pero no se opuso a la la falta de legitimacion de la porgenitora, sinó que confundió y atacó el derecho alimentario.-
Pedi alimentos provisorios y el juez lo rechazó, argumentando que la progentora no habia aportado elementos que impliquen mas gastos en el menor. La cuota no tenia modificacion desde hace 8 años.-
Previendo que la sentencia rechace los alimentos, si va a la Cámara por mi apelacion, está advertirá la falta de legitimacion de la madre y puede, con otros argumentos rechazar el reclamo.-
Que me aconsejan, dejo todo así, desisto de la acción y presento al hijo por derecho propio o lo presento en las actuaciones a fin de evitar nulidades.????
Cierto es que este debe actuar por derecho propio, sin perjuicio de la extensión alimentaria hasta los 21 años.-
La duda es que el demandado manifestó que el alimentado no vivia con su madre (mentira), que este ya era mayor de edad, pero no se opuso a la la falta de legitimacion de la porgenitora, sinó que confundió y atacó el derecho alimentario.-
Pedi alimentos provisorios y el juez lo rechazó, argumentando que la progentora no habia aportado elementos que impliquen mas gastos en el menor. La cuota no tenia modificacion desde hace 8 años.-
Previendo que la sentencia rechace los alimentos, si va a la Cámara por mi apelacion, está advertirá la falta de legitimacion de la madre y puede, con otros argumentos rechazar el reclamo.-
Que me aconsejan, dejo todo así, desisto de la acción y presento al hijo por derecho propio o lo presento en las actuaciones a fin de evitar nulidades.????