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  • INCIDENTE DE ALIMENTOS INICIADO ALIMENTADO 19 AÑOS. I

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #602673  por Claudialo
 
Colegas, tengo un incidenten de aumento de alimentos iniciado por la progenitora. Lo inicié en su oportunidad en representación de su hijo, que ya tenia 19 años, en ese momento.-

Cierto es que este debe actuar por derecho propio, sin perjuicio de la extensión alimentaria hasta los 21 años.-

La duda es que el demandado manifestó que el alimentado no vivia con su madre (mentira), que este ya era mayor de edad, pero no se opuso a la la falta de legitimacion de la porgenitora, sinó que confundió y atacó el derecho alimentario.-

Pedi alimentos provisorios y el juez lo rechazó, argumentando que la progentora no habia aportado elementos que impliquen mas gastos en el menor. La cuota no tenia modificacion desde hace 8 años.-

Previendo que la sentencia rechace los alimentos, si va a la Cámara por mi apelacion, está advertirá la falta de legitimacion de la madre y puede, con otros argumentos rechazar el reclamo.-

Que me aconsejan, dejo todo así, desisto de la acción y presento al hijo por derecho propio o lo presento en las actuaciones a fin de evitar nulidades.????
 #602689  por marcega
 
Para mi humilde entender en camara si apelas una sentencia se ataca los fundamentos de esa sentencia, si se paso por alto el datalle de la legitimacion creo que quedo ahi, por que se apela los fundamentos de la sentencia, en este caso la falta de pruebas. Igual, esta bien que se debe probar un cambio en la situacion del alimentado o del alimentante, pero el hecho de que pasaran 8 años desde que se fijo la cuota es suficiente, hay fallos que dice que pasado incluso menos de cinco años te hacen lugar al aumento, sobre todo hoy en dia con todos los cambios que hay en nuestro pais....pero por las dudas para no hacerte equivocar, espera otras respuestas....
 #603165  por Claudialo
 
Gracias Marcega me aclaraste la preocupación que tenia rspecto de la apelación.-

Es verdad lo que decir del aumento, es que es notorio el costo de vida, la mayor edad, mayores necesidades. Ello me lo porveyó el juez en el rechazo de los alimentos provisorios. Pero era una cuestión que yo probe con el escrito inicial (cosot de vida, mayores gastos por edad..)
Enotnces quedó velado el criterio del juez con esta resolución, y toda vez que de los testigos no voy apotrvar otra situacion de hecho, visionom la sentencia.-

En cuanto a tu consejo, me voy a quedar en el molde, no lo voy a presentar al alimentado.-Y espero la sentencia. No creería que entre los fundamnetos rechace los alimentos por falta de legitimación, toda vez que entonces tramitamos un proceso nulo, y el Juez, debía -tambien- haber advertido y mandar a subsanar lo que corresponda.-


*flor*

me quedo tranqui... ?? :cry: ..... :mrgreen: