En caso de cheque común, un año desde la expiración del plazo para presentación. O sea, un año a partir del trigésimo día desde la fecha de creación.
En caso de cheque de pago diferido, un año desde la fecha del rechazo por el girado.
(Arts. 25 y 61 ley de cheques).
Saludos.
En caso de cheque de pago diferido, un año desde la fecha del rechazo por el girado.
(Arts. 25 y 61 ley de cheques).
Saludos.