Hola, me hicieron la siguiente consulta: en un acta de asamblea se estableció que le quedaba prohibido al encargado, recibir las expensas de algun propietario, para que luego se las diera al administrador; la prohibicion se basó en que se quedó con el dinero, cosa que el negó y se lo atribuyó al administrador.
Ha vuelto a pasar lo mismo, y hay copropietarios que siguen pagandole al encargado a pesar de la prohibicion.
Mi pregunta es: existe alguna norma que faculte al encargado a recibir las expensas? ó le esta prohibido? ó solamente depende de cada consorcio?
Gracias !
Ha vuelto a pasar lo mismo, y hay copropietarios que siguen pagandole al encargado a pesar de la prohibicion.
Mi pregunta es: existe alguna norma que faculte al encargado a recibir las expensas? ó le esta prohibido? ó solamente depende de cada consorcio?
Gracias !