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  • Contestacion de demanda. Testimonial.-

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 #604276  por Gyzella
 
Hola! Hoy mi duda es la siguiente: Me contestan la demanda y mi contraparte ofrece como prueba testimonial a 5 personas de las cuales individualiza nombre y apellido y como dirección establece para todos la misma.-
Ahora bien, con que fundamentos me puedo oponer a esta prueba en el segundo traslado, porque no indico ni el DNI de las personas!!!!
Me orientan?? gracias.
 #604281  por MORGAN
 
Con ninguno. Es perféctamente válido. No es obligatorio el dni, ni tampoco el nombre porque podés citarlo por el seudónimo. Dependerá de los códigos o leyes de procedimiento de cada jurisdicción.
 #604286  por GU
 
Por el hecho de tener el domicilio, no podes impugnarlos.

Habria que ver si podes hacerlo con motivo de que no estan debidamente identificados y eso vulneraa tu derecho de defensa.

Salutes!
 #604320  por Gyzella
 
Hola chicos gracias por su aporte!!
El tema es que la demanda fue contestada de manera muy particular y lo cuento de modo anecdotico:
1 Se equivoco el nombre de su cliente, y se puso en lapiz arriba, despues en el encabezado patrocina un abogado, en el final firman él y otro abogado más, y los testigos simplemente puso sus nombres y el domicilio supongo que de su estudio.-
El tribunal lo intimo x 24 hs para que encause la contestación, a mi no me influye, porque como el tribunal me perdio la cedula se la consiento y punto, no quiero que me hagan perder el tiempo, ni el tribunal ni el demandado.-
En fin, queria saber si habia alguna posibilidad de oponerme a la prueba testimonial por vulnerar mi derecho de defensa y por no ajustarse al CPCYC. (Pcia de Buenos Aires).-
ART 427: Ofrecimiento. Cuando las partes pretendan producir prueba de testigos, deberán presentar una lista de ellos con expresión de sus nombres, profesión y domicilio.Si por las circunstancias del caso a la parte le fuera imposible conocer alguno de estos datos, bastará que indique los necesarios para que el testigo pueda ser individualizado sin dilaciones y sea posible su citación. ...
Entonces, solo su nombre es suficiente?
 #604382  por dasapereyra
 
gIZELA solo te podrias oponer si los datos de los testigos no permiten su "perfecta individualizacion " en caso contrario no hay nada que hacer... ese es el criterio jurisprudencial y doctrinario actual. Es decir que la falta de datos o errores sobre nombre, profesion o domicilio deben ser de tal magnitud que no permitan claramente la individualizacion del testigo.