Colegas amigos= quería comentarles que en dos casos de clientes que fueron evaluados por Comisión Médica obtuvimos 50,20 % y 52 %, estando vencidos los plazos de consolidación jurídica (en el primero de los casos por 18 meses y en el segundo por 22 meses).
La verdad que es la primera vez que me sucede y no tengo noción de cual es el camino a seguir. Entiendo que por ley debería la ART abonar en cada caso $ 30 mil ú $ 80 mil, más una renta vitalicia.
Esto es así???? No se puede obtener un pago único por el % otorgado???? Qué hace la ART en estos casos???
Les agradecería mucho la ayuda que puedan darme atento a que me encuentro bastante desorientado en cuanto al camino a seguir.
La verdad que es la primera vez que me sucede y no tengo noción de cual es el camino a seguir. Entiendo que por ley debería la ART abonar en cada caso $ 30 mil ú $ 80 mil, más una renta vitalicia.
Esto es así???? No se puede obtener un pago único por el % otorgado???? Qué hace la ART en estos casos???
Les agradecería mucho la ayuda que puedan darme atento a que me encuentro bastante desorientado en cuanto al camino a seguir.
