Estimados colegas, como no hago mucho laboral, necesito hacerles una pregunta. Mi cliente ( trabajador de la carne CCT56/75), al que le estoy haciendo la liquidacion por despido directo, tendrian que haberle pagado la categoría por los trabajos que realizaba, desde el año 2004. Mi pregunta es, puedo reclamar desde ese año hasta el 2010 que fue el despido. Muchas gracias y saludos..
No! Solo por los últimos 2 años, por el tema de la prescrición y para ello tenés que intimar via tcl para suspenderla.-
Bs
