Mi cliente (madre del menor) y el padre, en una audiencia de no mucho tiempo, llegaron a un acuerdo en el que una vez al mes viajaría el padre a ver al hijo y al mes siguiente la madre, fijándose una cuota alimentaria y una suplementaria por la deuda que tenía.-
Es importante aclarar que la distancia que los separa es muchísima!!! por lo que los viajes son costosos y de varios días que deben faltar a sus trabajos, por lo tanto corren el descuento de los días que no labora.-
El tema es que el padre no pagó NUNCA los alimentos, ni viajó a ver a su hijo en el mes indicado y ahora le toca a mi cliente, y el planteo que hace es razonable: ella tiene que mantener a su hijo, tiene que trabajar para ello, tiene que también viajar para que el padre vea a su hija? tampoco puede realizar el viaje sin tener la certeza que le padre se encuentre en el lugar, ya que no hay trato entre ellos.
Mi idea es plantear ambos incumplimientos y la correspondiente ejecución de alimentos en el principal, pero también quiero modificar el régimen en base a que no funcionó: esa es mi duda, va por incidente separado? que sería una modificación del régimen?
De distancia hay más de 2.000 km., y es un menor muy pequeño.
Es importante aclarar que la distancia que los separa es muchísima!!! por lo que los viajes son costosos y de varios días que deben faltar a sus trabajos, por lo tanto corren el descuento de los días que no labora.-
El tema es que el padre no pagó NUNCA los alimentos, ni viajó a ver a su hijo en el mes indicado y ahora le toca a mi cliente, y el planteo que hace es razonable: ella tiene que mantener a su hijo, tiene que trabajar para ello, tiene que también viajar para que el padre vea a su hija? tampoco puede realizar el viaje sin tener la certeza que le padre se encuentre en el lugar, ya que no hay trato entre ellos.
Mi idea es plantear ambos incumplimientos y la correspondiente ejecución de alimentos en el principal, pero también quiero modificar el régimen en base a que no funcionó: esa es mi duda, va por incidente separado? que sería una modificación del régimen?
De distancia hay más de 2.000 km., y es un menor muy pequeño.