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  • A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #606766  por valgarcia73
 
Hola a todos los foristas, pregunto por un alimentos en pcia. voy por la actora. Lo inicié en abril, cuando el juzgado saca el 1° auto informa que existe una causa anterior iniciada por el demandado en 2002 sobre Tenencia, Régimen de visitas y alimentos, en la cual hay un acuerdo por los tres puntos homologado pero sin sentencia firme. Entonces, me proveyeron en el alimentos que la peticionante manifieste la actitud procesal a seguir respecto de las presentes actuaciones, luego de esto presenté un escrito manifestando que ratifico la presentación de los alimentos art. 635 CPCCP y solicitando nueva audiencia, a lo que me vuelven a proveer previo a todo me expida sobre actitud procesal a seguir. La verdad no entiendo.
Gracias y saludos.
 #606888  por vaie83
 
hola...
la verdad es que yo tampoco entiendo que te piden...
pero te doy un consejo: siempre que tengas alguna duda pedí hablar con el sumariante o el prosecretario para que te la aclaren... que no te dé verguenza.. es mejor ser humilde que orgulloso...
saludos....
 #606918  por valgarcia73
 
Ante todo agradezco tu respuesta vaie83, el viernes estaré en el tribunal preguntando, el tema es que estoy re cansada de que todo se alargue tanto, es más apuro que otra cosa, los clientes no entienden (y es lógico) cómo se pueden demorar tanto estas cuestiones. Gracias de nuevo y saludos.
 #607317  por antihique
 
Entinedo que lo que te requieren es respecto a la causa en su totalidad,es deir tenencia alim y visitas.Y quizas si hay una homologacion que no tiene sentencia pero en la que intervino tu clinte por alli te conviene obtener sentencia ,notificarla y que se comienze a cumplir y si por alli la cuota es demasiado baja en febrero inicias incidente de aumento de cuota.-
 #607638  por Paris
 
antihique escribió:Entinedo que lo que te requieren es respecto a la causa en su totalidad,es deir tenencia alim y visitas.Y quizas si hay una homologacion que no tiene sentencia pero en la que intervino tu clinte por alli te conviene obtener sentencia ,notificarla y que se comienze a cumplir y si por alli la cuota es demasiado baja en febrero inicias incidente de aumento de cuota.-
Coincido con Antihique, si está más avanzado el trámite que toca los tres tópicos puede convenirte impulsar esos. Yo leería bien lo que está iniciado (por un lado) y además hablaría con quien te realizó el despacho. No te olvides del refrán que dice" Vísteme despacio que estoy apurado...". Suerte !!!
 #608142  por valgarcia73
 
Muchas gracias Paris, voy a tomar sus consejos, como verán me estoy haciendo a los golpes, gracias por estar, saludos.