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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral

 #60928  por DAL
 
Ayyyyyyyyyy Pipi!!!!!!!
Me hiciste entrar en panico!!!!
Se equivoco en la fecha y cago los 14 años!!! pensé yo!!!! con razón te reconocían casi la antiguedad!!! asi reducian con multa y todo 14 años a tres meses y era una bicoca.

Por suerte la mezcla fue aca nada mas!!!!!!! :lol: :lol: :lol:

 #61043  por Pipi
 
jajajaa te imaginas si me pasaba eso con la de los 14 años me muero!!! jajajaja
 #80121  por cari73
 
trabajo en un clinica odontologica en la ciudad de rosario, de administrativa recepcionista 6 horas diarias. Estoy anotada. Mi sueldo bruto es de 825 pesos, estoy alli desde febrero de 2006, sin ningun aumento aun, segun mis empleadores porq no corresponde debido a que Cora, agrupacion de odontologos de la R.A no lo reconoce ya que impuso recurso de amparo y el juez medida cautelar, este aumento tiene fecha 12/2006, ademas de 300 pesos no remunerativos, que nunca vi.
ahora se dio otro aumento, no se si me lo daran.
mi empleador no me reconocen esto, que debo hacer?
y con respecto a la cantidad de horas trabajadas, me corresponde el salario proporcional o salario total?
necesitaria infomacion para defender mi postura.
muchas gracias.

 #80181  por barney
 
sergiosky escribió:tordo, con todo respeto ... seguis insistiendo conque el despido verbal no existe? si bien ya lo hemos analizado en otro topic que plantee sobre un tipo que se consideró despedido verbalmente al no poder ingresar a laborar, y a la cual casi todos coincidieron con lo que decis vos que previamente hay que intimar a que se aclare situacion laboral, considero que ello no es asi, y he encontrado fallos en que los jueces admiten el despido verbal asimilandolo a una injuria sin tener que transitar por el camino previo de intimar a que se fije posicion laboral, obviamente deberá probarse... como cualquier despido, aun el por escrito debe probarse!!.
fijate el post que dice "despido verbal" ahi ingresé una direccion que lleva al fallo en donde una camara considera al despido verbal, y no es el unico, no hay que confundir a la gente diciendo que el despido verbal no existe... si existe!! solo que no es conveniente invocarlo por dos motivos: 1) la prueba del despido verbal es mas complicado de conseguir, pero no imposible si tenes testigos presenciales del hecho. 2) como bien dice DAL le conviene mas al bolsillo del trabajador intimar previamente por el tema de las multas de la 24013, pero no hace a la eficacia del despido sino a la conveniencia monetaria del actor.
Adhiero a lo del colega, no existe despido verbal, no reune los requisitos establecido por la LCT, debe ser por escrito sea del empleador o el autodespido por el trabajador.
Esto esta claramente en un libro de Martinez Vivot donde dice que no existe el despido vertbal que no es despido (elementos del derecho del trabajo, parte de exticion del vinculo)