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  • TOMAR PARTICIPACION EN EXP DE DIVORCIO

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #610757  por saguil
 
Estimados foristas, necesito que me guien con el siguiente caso. Tengo una clienta cuyo concubino fallece existiendo un juicio de divorcio de este por causas culpables a la esposa, juicio que nunca se terminó. Al fallecer el concubino se presenta mi clienta ( concubina) y su hijo menor a solicitar la pensión en una AFJP, y tambien lo hace la esposa. Con esto de la eliminación de AFJP, la pensión la termina resolviendo ANSES, y se las otorga a los 3 ( concubina, esposa, hijo menor), a pesar de que se habian acompañado copias de documental de exp de divorcio donde constan pruebas de culpabilidad de esposa, las cuales se perdieron, no están en el expediente administrativo de ANSES.
El tema es que ahora quiero tomar participación en expediente de divorcio patrocinando al hijo menor del actor (fallecido), y de la concubina,AL SOLO FIN DE QUE SE ENTREGUE COPIA CERTIFICADA DE LA DOCUMENTAL QUE SE PERDIO, para impugnar la pension compartida de la esposa, acompañando en el pedido acta de defunción y de nacimiento del menor, como también constancia de estar percibiendo pension directa del causante, y no se me hace lugar.
Realmente me parece algo muy injusto puesto que la ESPOSA , actualmente vive desde la epoca de la separación con el HERMANO DEL MARIDO Y TIENE UN HIJO CON EL.
Si alguien puede guiarme como proceder en este caso. Yo solo quiero que se me dé copia certificada de la documental que necesito para presentar en ANSES. Espero me puedan ayudar. Desde ya muchas gracias.
 #611038  por celiaEsc
 
Hola: ¿la esposa tuvo el hijo con el hermano de su marido, estando vivo éste?
¿le conceden la pensión a pesar de ese nacimiento?
si la fecha de nacimiento es anterior al fallecimiento, el vínculo con la esposa está roto. A pesar que no hay sentencia de divorcio, la concubina puede probar que la cónyuge no dependía del causante, e hizo su vida, por ese motivo a algunas viudas les contestaron que no se merecen la pensión, en cambio a otras, les contestaron que sí, porque no hay sentencia .. te explico
Para alguna parte de la doctrina, existe una salvedad: que la esposa hubiera demostrado en el divorcio, que el marido había realizado un abandono voluntario y malicioso del hogar y hubiera presentado pruebas, entonces, la esposa , para ANSES, es CONYUGE INOCENTE. y por eso pese a que, con posterioridad, tuvo un hijo con el hermano de su cónyuge supérstite, las causales del divorcio se debieron al abandono, fue lo primero que pasó.
PERO: para otra parte de la doctrina, que también maneja ANSES, si la sra. fue cónyuge inocente, pero con posterioridad, hizo una pareja, tuvo un hijo, y además, era económicamente independiente del causante, entonces NO MERECE LA PENSION A PESAR DE HABER SIDO CONYUGE INOCENTE.
presentando un acta de nacimiento del nuevo hijo de la esposa con fecha anterior al fallecimiento, puede alegar que al no haber dependencia económica, y haberse respetado la fidelidad, la cónyuge separada de hecho en trámite de divorcio, no merece la pensión. Y solicitale que le apliquen cargos, por cobro indebido y se restituya lo cobrado a tu cliente, que demostró ser la concubina, y ser dependiente económicamente.
Tengo fallos argumentando todos los casos expuestos, si querés te los paso por mp. saludos.
 #611046  por celiaEsc
 
Hola Dejo aquí los datos de tres fallos, para que otras personas interesadas, los busquen en la corte o en la cámara.. saludos
1) C. 1945. XL. R.O. Cajaraville, Nelly Esther c/ ANSeS s/ pensiones. Buenos Aires, 16 de marzo de 2010

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La separación de hecho de los cónyuges no enerva en modo alguno el deber de conservar la fidelidad conyugal, puesto que continúan unidos legalmente. De resolverse la cuestión de otra forma, se estaría otorgando a tal separación un efecto jurídico que no goza.
S., L.Z. c/ Q., E.L. s/ DIVORCIO

C.N.Civ. Sala D D111454 15-06-00 MARTÍNEZ ÁLVAREZ.
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EN OTRO DICEN: 2- La infidelidad ulterior al momento de la separación de hecho debe ser apreciada con un criterio diferente de la que hubiera podido producir durante la convivencia, por lo que resulta inadecuado aplicar sin discriminar las mismas normas que rigen la normal convivencia de los esposos, más aún cuando tal situación se extiende en el tiempo.

3- Al conocer dos personas adultas las consecuencias que se derivan de la separación de hechos, sabiendo que el débito conyugal e inclusive muchos de los aspectos del deber de asistencia no se los podrán brindar, no cabrá luego reclamarse entre ellos por el incumplimiento derivado de los mismos, en virtud de la falta de coherencia con su conducta anterior.
C., E. c/ S., J.A. s/ DIVORCIO
C.N.Civ. Sala J J016548 31-05-00 WILDE.
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Aguilar Olga Maria c/ Anses | rest. de benef. cargo c/benef. medida cautelar
Tribunal: Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social
Sala/Juzgado: III B.O.: 31-ago-2005
 #611063  por celiaEsc
 
HOLA SAGUIL
tienes que tener en cuenta el fallo aguilar, de la sala III que dispone que la carga de la prueba del cumplimiento de los requisitos legales para obtener un beneficio de pensión, está en cabeza de quien demanda. La cónyuge supértite. comprobó en el expediente administrativo que no fue la culpable de la separación,POR ESO LE CONCEDIERON LA PENSION, pero en realidad, si desaparecieron las pruebas , debiste impugnar inmediatamente, sin demora alguna, porque tenés sólo 30 días para recurrir ante CARSS.
Cuando te notificaste del expte. administrativo de ANSES, donde se le concedió la pensión compartida, tenías 30 días, y podías solicitar la NULIDAD de todo lo actuado, rebatiendo cada punto, por ej. que no se hubieran tomado en cuenta las copias que presentaste. (y de las cuales, me imagino tenés una copia firmada del escrito con las pruebas presentadas)
Pero claro, si hubo una denuncia de abandono y el culpable fue el marido, y la cónyuge presentó esas pruebas, por eso se lo dieron, aunque la cónyuge no puede demostrar que con posterioridad fuera dependiente económicamente del marido, es un caso que puede ser interpretado de diferentes modos... Lee bien todos los fallos que te envié por mp. saludos.