Hola les hago una pregunta ya que tengo una duda respecto al pago de la tasa de justicia (es en provincia de Bs As) el acervo hereditario está integrado por depto y un auto, la duda surge con este último, ya que en el título figura que el causante tiene un 50% y el otro 50% la mujer (todo es ganancial), a la hora de calcular la tasa, tomo el 50% que se transmite del inmueble y respecto del auto sería un 25%? y la tasa de justicia es el 2,3 más el 10 de sobre tasa?
Si son bienes gananciales los que integran el acervo hereditario,se transmite el 50 %, tanto del inmueble (al que hay que adicionarle,además,un 10 % sobre bienes muebles) cómo del vehículo.
Sobre ésos montos,la tasa de justicia a calcular es del 2.2 % + el 10 % (sobre lo que resulte del valor tasa) por sobretasa de justicia.