Quisiera preguntar si algún forista me comente la experiencia que ha tenido iniciando reclamos de reajuste por ley 22955.
JAN58 escribió:Me sumo a la inquietud jubilada antes de 1991, entiendo que se puerde pedir el 82% hasta marzo de 1995 ¿ y luego? El reclamo administrativo ya me lo denegaron debo hacer la demanda ¿Alguien tiene algún modelo de deamanda?Mi cliente se jubilo en el año 1988, presento una nota reclamando el 82% pero en el expediente no estaba la resolución.