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 #43813  por adriana22
 
HOLA FORO BUENO MI CONSULTA ES LA SIGUIENTE ESTAMOS POR FIRMAR UNA SECION DE DERECHOS HEREDITARIOS O SEA Q MI HERMANA SEDE SU HERENCIA Y MI MAMA LA SUYA PASARIA A SER YO UNICA DUEÑA DE TODO PERO SE Q ANTES TENGO Q INICIAR LA SUCECION DE MI PAPA YO QUIERO SABER SI EL DIA Q INICIE LA SUCECION MI HERMANA TENDRIA Q FIRMAR O EL SOLO HECHO DE RENUNCIAR A TODO FIRMARIA YO LA SUCECION ,,,ESPERO UNA RESPUESTA PRONTA Y GRACIAS

 #43834  por feNA
 
ADRIANA EL PRIMER PASO ES INICIAR LA SUCESION, DESPUES LA CESION DE DERECHOS HEREDITARIOS SE HACE POR ESCRITURA PUBLICA, O SEA LA TIENE QUE HACER UN ESCRIBANO. LUEGO SE PRESENTA AL EXPEDIENTE. SALUDOS.
 #43853  por jimena
 
Para podeer renunciar a la herencia primero hay que ser heredero, por lo tanto primero se inicia la sucesion y en el expediente se hace la cesion. todas tienen que presentarse en la sucesión. Pero sólo vos vas a estar inscripta en los bienes.
 #44157  por doctoramanero
 
Encantada: es como dice "jimena ", primero hay que hacer la suceción, ahi se renuncia y el juez pedirá la instrumentación de esta renuncia mediante escritura; suerte.-

 #45792  por abogadoG
 
feNA escribió:ADRIANA EL PRIMER PASO ES INICIAR LA SUCESION, DESPUES LA CESION DE DERECHOS HEREDITARIOS SE HACE POR ESCRITURA PUBLICA, O SEA LA TIENE QUE HACER UN ESCRIBANO. LUEGO SE PRESENTA AL EXPEDIENTE. SALUDOS.
Hola se muy bien que la cesion de derechos hay que hacerla por escritura publica, pero escuche por ahi, que se puede evitar que se haga por escritura publica y hacerla en el mismo expediente me comentaron que hay jurisprudencia sobre esto? Es verdad? porque de ser asi se ahorrarian gastos con el escribano.
Saludos
AbogadoG
 #45964  por Natalia Huerta
 
Buenas:

A no utilizar la renuncia de la herencia con la cesión de acciones y derechos hereditarios. NO ES LO MISMO.
En cuanto al tema de realizar cesiones por instrumento privado le comento era habitual esta practica. Es decir, realizabamos la cesión la presentabamos en el expediente y luego el juez la homologaba. Pues bien la jurispruncia finalmente se puso de acuerdo y se puso firme en cuanto a que la cesiones de acciones y derechos hereditarias deben ser hechas por escritura publica de acuerdo al art. 1184 inc. 6 del Codigo Civil.
Saludos
 #606373  por roke
 
Hola, quisiera hacerles una consulta que me tiene bastante intranquilo, porque estamos tramitando la sucesión de la casa de mis padres con mi hermano y el quiere comprar mi parte para eso tiene que pedir un préstamo en el banco, y le piden una garantía y él me pide que le firme la sesión de bienes para que el préstamo no me afecte a mí. Ahora mi preocupación es si después de firmar no le dan el crédito el queda como único dueño de la casa y podría hasta negarse a pagar mi parte. Quisiera si me pueden aconsejar que tengo que hacer y a la vez no quedar mal como un desconfiado,espero sus respuestas y desde ya muchas gracias.
 #608032  por inviguiatti
 
perdon por desvirtuar pero...corrijan el titulo que es una puñalada a la ortografia juridica :?
:D
 #608590  por drany
 
inviguiatti escribió:perdon por desvirtuar pero...corrijan el titulo que es una puñalada a la ortografia juridica :?
:D
Auténtica puñalada, es cierto.-
 #608591  por drany
 
roke escribió:Hola, quisiera hacerles una consulta que me tiene bastante intranquilo, porque estamos tramitando la sucesión de la casa de mis padres con mi hermano y el quiere comprar mi parte para eso tiene que pedir un préstamo en el banco, y le piden una garantía y él me pide que le firme la sesión de bienes para que el préstamo no me afecte a mí. Ahora mi preocupación es si después de firmar no le dan el crédito el queda como único dueño de la casa y podría hasta negarse a pagar mi parte. Quisiera si me pueden aconsejar que tengo que hacer y a la vez no quedar mal como un desconfiado,espero sus respuestas y desde ya muchas gracias.
Te aconsejaría que consultes con un abogado
 #610144  por yebi
 
coincido primero corregir los errores!!! que feo quedo escrito!! imaginate una presentacion judicial."DENUNCIA SECION DE DERECHOS" JA JA pobreeee....
bueno yo denunciaria el bien y luego hago un acuerdo particionario y en una audiencia o un escrito suscripto por todos acuerdan inscribirla a favor de uno solo asi salteas al escribano. Estoy en una provincia y hacemos asi. espero te sea util. Intentalo!
 #611212  por roke
 
gracias yebi por tu respuesta voy a consultar si se puede, con respecto a mi ortografia, queria decirles que no soy abogado apenas tengo 7º grado, y ese ja ja pobreee... quiere decir que te reis de todos los pobres(gente humilde y sin estudios) que te consultan.
 #611920  por yebi
 
no pobre el Juez me referia!!. Q soluciones tu problema! cualquier cosa consulta con un abogado.