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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #610982  por fabidoc
 
carina30 escribió:tinito: mi cliente se inscribio en 01/2008 y le dieron la baja de oficio en afip en 12/2008, como podria hacer eso que me dijiste?? se podra hacer??? sino me quedaria pelear lo siguinte. en que parte de la 555 habla de que no va mas el cese ficto?????? yo no lo encuentro por ningun lado, es mas, cuando habla de la 25321 art. 1 dice que estara a las reglamentaciones que se dicte...y si lo peleo por ese lado diciendo que para mi todavia sigue vigente el cese ficto de las resoluciones 51 y 52/05 de anses (las cuales no fueron derogadas por la 555) y ademas una resolucion de la CARSS que dice que con la 25321 se pueden pisar pagos...con eso lo salvaria...uds que dicen???
EL cese te lo dá el último pago. Tu último pago fué en el 2008 y ese es el cese. Te aparece en el sicam y en el SIJYP. Y no podés reimputar al tener una baja de oficio.
 #611216  por tinito2008
 
fabidoc escribió:EL cese te lo dá el último pago. Tu último pago fué en el 2008 y ese es el cese. Te aparece en el sicam y en el SIJYP. Y no podés reimputar al tener una baja de oficio.
Pero podes concurrir a la agencia de AFIP y ver la posibilidad de reversar la baja de oficio. No es seguro que se pueda, pero vale la pena intentarlo.
 #611256  por noelin
 
LA MINUSVALIA TIENE UN CARACTER EXCEPCIONAL. SI FUERA FACIL DE APLICAR CON MORATORIAS Y ACTIVIDAD FICTA, CUALQUIER PERSONA, CON ALGUNA INCAPACIDAD DE POCA RELEVANCIA (33%) Y SIN APORTES, PODRIA JUBILARSE ANTICIPADAMENTE CON TODA FACILIDAD,(YO TENDRIA VARIOS PARA JUBILAR ASI), Y CONVENGAMOS Q NOS SON LAS Q SE VEN OTORGADAS MAS FRECUENTEMENTE. POR ENDE, CREO Q LA LEY EXIGE ACTIVIDAD REAL COMPROBABLE.
 #611281  por tinito2008
 
noelin escribió:LA MINUSVALIA TIENE UN CARACTER EXCEPCIONAL. SI FUERA FACIL DE APLICAR CON MORATORIAS Y ACTIVIDAD FICTA, CUALQUIER PERSONA, CON ALGUNA INCAPACIDAD DE POCA RELEVANCIA (33%) Y SIN APORTES, PODRIA JUBILARSE ANTICIPADAMENTE CON TODA FACILIDAD,(YO TENDRIA VARIOS PARA JUBILAR ASI), Y CONVENGAMOS Q NOS SON LAS Q SE VEN OTORGADAS MAS FRECUENTEMENTE. POR ENDE, CREO Q LA LEY EXIGE ACTIVIDAD REAL COMPROBABLE.
El problema de la ley de Minusvalía es que muchos casi no la conocen. Inclusive en la ANSeS saben poco y nada de ella. El caso concreto de Carina es que el cliente se inscribió y realizó un único pago en 01/2008 y eso complica un poco la situación. Igual yo creo que es bastante discutible. Yo realicé varios trámites por Minusvalía y en casi todos los casos regularizaron su situación con la Moratoria.
 #611405  por caro J.
 
Hola chicos, les cuento, yo tengo un caso que les va a servir para que lo tengan en cuenta:
El hombre tiene 55 años y tenia trabajados en estado de minusvalia 16 años y medio, con un cese en julio del 91.
El problema es que este hombre tenia trabajados 2 meses en el 94 y 2 meses en el 98, y eso no permitia otorgarle el beneficio, ya que dejaba de cumplirse con el requisito de los ultimos diez años efectivos de aportes en estado de minusvalia.
Se solicito el beneficio compensando los 20 años con el art 19 de la 24241.
La anses lo deniega por no cumplir como recien les comentaba con los diez ultimos años de aportes, por estos 4 meses aportados fuera de termino, entonces lo recurrimos ante la carss...alegando que en estado de minusvalia nadie lo tomaba y pudo trabajar solo por esos cuatro meses que no deberian ser computados a los efectos de determinar los 20 años de servicios necesarios para obtener el beneficio.
Finalmente la CARSS nos otorga un dictamen favorable a este hombre teniendo en cuenta entonces los años aportados hasta julio de 1991, cumpliendo asi con los requisitos necesarios para jubilarse por esta ley, obviamente que la minusvalia mayor al 33% siempre estuvo demostrada...espero les sirva, saludos
 #611780  por fabidoc
 
Que bueno el antecedente. Cuando puedas subí los fundamentos de la resolución.
Como dicen, en minusvalía hay que estudiar cada caso en concreto. Yo hice con moratoria, por eso se lo aclaré a Mario, pero no tenían aportes.
También existe la posibilidad que los 10 años no sean corridos (los aportes) porque nadie podría discutir que, si los junta y estuvo todo ese tiempo en estado de minusvalía, carece de derecho.
También he tratado en muchos casos de poder encuadrarlo pero es muy difícl. Peor si tiene aportes, porque a veces empeora las cosas.
 #614453  por carina30
 
que bueno!!! si podes pasarme los fundamentos de la carss o el numero de dictamen asi veo que me puede servir porque seguro me lo rebotan en anses! ahora me lo pasaron al area legal porque dicen que el 23/08 salio algo nuevo de minusvalia que interpreta bien la ley d eminusvalia...alguien sabe que circular es????
 #614557  por MARIO1943
 
tinito2008 escribió:
fabidoc escribió:EL cese te lo dá el último pago. Tu último pago fué en el 2008 y ese es el cese. Te aparece en el sicam y en el SIJYP. Y no podés reimputar al tener una baja de oficio.
Pero podes concurrir a la agencia de AFIP y ver la posibilidad de reversar la baja de oficio. No es seguro que se pueda, pero vale la pena intentarlo.
PARA PODER RETROTRAER LA BAJA DE OFICIO, HAY QUE PRESENTAR PRUEBAS, LO DICE LA 555 Y ANTES TAMBIEN , EXIGEN , LA BAJA DE INGRESOS BRUTOS COMO PRUEBA Y PARA EL CASO PLANTEADO EL APORTE ERA VERDADERO, NO SE DE DONDE VAN A SACAR PRUEBAS , ES IMPOSIBLE, NO HAY QUE PERDER TIEMPO PARA CASOS IMPOSIBLES, EN LOS CASOS QUE ME HA TOCADO A MI TENER QUE RETROTRAER UNA BAJA, HE PEDIDO LA IMPRESION DE LA PANTALLA DE RENTAS
DONDE FIGURA LA BAJA, TAMBIEN HE PRESENTADOS FINALIZACION DE CONTRATOS DE ALQUILER, COMO PRUEBA ETC, NO SE PUEDE IR AL AFIP, CON LAS MANOS VACIAS
 #614625  por tinito2008
 
MARIO1943 escribió:
tinito2008 escribió:
fabidoc escribió:EL cese te lo dá el último pago. Tu último pago fué en el 2008 y ese es el cese. Te aparece en el sicam y en el SIJYP. Y no podés reimputar al tener una baja de oficio.
Pero podes concurrir a la agencia de AFIP y ver la posibilidad de reversar la baja de oficio. No es seguro que se pueda, pero vale la pena intentarlo.
PARA PODER RETROTRAER LA BAJA DE OFICIO, HAY QUE PRESENTAR PRUEBAS, LO DICE LA 555 Y ANTES TAMBIEN , EXIGEN , LA BAJA DE INGRESOS BRUTOS COMO PRUEBA Y PARA EL CASO PLANTEADO EL APORTE ERA VERDADERO, NO SE DE DONDE VAN A SACAR PRUEBAS , ES IMPOSIBLE, NO HAY QUE PERDER TIEMPO PARA CASOS IMPOSIBLES, EN LOS CASOS QUE ME HA TOCADO A MI TENER QUE RETROTRAER UNA BAJA, HE PEDIDO LA IMPRESION DE LA PANTALLA DE RENTAS
DONDE FIGURA LA BAJA, TAMBIEN HE PRESENTADOS FINALIZACION DE CONTRATOS DE ALQUILER, COMO PRUEBA ETC, NO SE PUEDE IR AL AFIP, CON LAS MANOS VACIAS
Lo que estoy planteando como posibilidad, para que lo consulte en la AFIP, es justamente todo lo contrario. Como tiene una baja de oficio, el sistema no le permite reimputar ese pago, cosa que si podría hacer si se encontrara activo. Entonces lo que sugerí es que vea en la AFIP la posibilidad de reversar la baja de oficio y luego hacer una baja por internet. De esa forma, si podría reimputar ese pago a períodos más antiguos.
 #614646  por MARIO1943
 
Lo que estoy planteando como posibilidad, para que lo consulte en la AFIP, es justamente todo lo contrario. Como tiene una baja de oficio, el sistema no le permite reimputar ese pago, cosa que si podría hacer si se encontrara activo. Entonces lo que sugerí es que vea en la AFIP la posibilidad de reversar la baja de oficio y luego hacer una baja por internet. De esa forma, si podría reimputar ese pago a períodos más antiguos.[/quote]

CON REVERTIR UN PAGO, EMPEORA LA COSA , AL DAR AFIP LA BAJA DE OFICIO ES PORQUE TIENE DEUDA EXIGIBLE, SOLO PAGO UN SOLO PERIODO Y SI QUIERE
REVERTIR ESE PERIODO Y QUE NO LE QUEDE DEUDA EXIGIBLE, TIENE QUE PRESENTAR PRUEBAS, VA A SER PEOR EL REMEDIO QUE LA ENFERMEDAD, LE VAN A EXIGIR LA DEUDA SI NO PUEDE COMPROBAR Y VA A TENER QUE REGULARIZAR LA DEUDA, NO TIENE QUE NI APARARECER POR AFIP, TIENE QUE DEJAR PASAR EL TIEMPO, PARA QUE VAYA PRESCRIBIENDO , ESO NO QUITA QUE EN CUALQUIER MOMENTO LE VENGA LA INTIMACION DE LA DEUDA, CUANDO UNA TOMA UNA DECISION HAY QUE ANALIZAR LOS PRO Y LOS CONTRA
 #614988  por AndreaL
 
carina30 escribió:que bueno!!! si podes pasarme los fundamentos de la carss o el numero de dictamen asi veo que me puede servir porque seguro me lo rebotan en anses! ahora me lo pasaron al area legal porque dicen que el 23/08 salio algo nuevo de minusvalia que interpreta bien la ley d eminusvalia...alguien sabe que circular es????
HOla carina30! pudiste dar con esa circular o resolución que según decís salió aproximadamente el 23 de agosto????
Saludos!!!!
 #734945  por bahia6777
 
Hola CAro J;
Te escribo para pedirte por favor que ME INFORMES el numero de la resolución de CArsS por la cual te otorgan la minusvalía, sin considerar los meses que se aportaron de manera aislada, a efectos de que puedas acreditar 10 años de servicios en estado de minusvalia. Yo tengo el mismo caso, y estoy pensando en plantear lo mismo. TE pido por favor que apenas puedas la prubliques o me mandes el numero y yo la busco, dado que no la encuentro en la WEB.-
Muchas Gracias