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  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #611011  por fabidoc
 
Pero...ojo...en algunas UDAI están dudando porque dicen que es una manera de modificar el PUC. Vayan consultando porque no es nada seguro.
 #611054  por tincho_20
 
TOM08 escribió:tincho
disculpa si mi preguta es muy tonta pero como aplico el art. 3 si hay que comprar en la ampliada.
Ej. inscripción desde el 07/2001 al 06/2004, unico pago el 07/2001, renuncio el resto, tomo cese el 07/2001, pero tengo que comprar mas años me voy a la ampliada pero no puedo aplicar el art. 3 obviamente.- Es asi no? Me quedo sin usar el art. 3?
EL UNICO BENEFICIO QUE PODES APLICAR ANTES DE LA AMPLIACION EN EL SICAM 1 ES EL ARTICULO 3.
 #611237  por tincho_20
 
tincho_20 escribió:
TOM08 escribió:tincho
disculpa si mi preguta es muy tonta pero como aplico el art. 3 si hay que comprar en la ampliada.
Ej. inscripción desde el 07/2001 al 06/2004, unico pago el 07/2001, renuncio el resto, tomo cese el 07/2001, pero tengo que comprar mas años me voy a la ampliada pero no puedo aplicar el art. 3 obviamente.- Es asi no? Me quedo sin usar el art. 3?
EL UNICO BENEFICIO QUE PODES APLICAR ANTES DE LA AMPLIACION EN EL SICAM 1 ES EL ARTICULO 3.
Me corrijo tantas respuestas iguales me hicieron confundir, ANTES DEL INICIO DEL PUC, quise decir.
 #611302  por layeya
 
Hola estaba a punto de enviar un sicam y a tenía turno y todo, pero me había olvidado de consultar el padrón histórico, cuando lo miré me salta inscripción. Obvio que con los cambios tengo que incorporar cuenta si o si con el 460. Al principio sabía manejar este tema pero después que empecé a liquidar todo en sicam 1 se me olvidaron muchas cosas. Me sale fecha de afiliación 01/90, fecha de inicio 10/89 (en el SICAM tengo que arrancar con 10/89???). Como última categoría me sale una B tengo entendido que en la ampliada puedo cambiarla, pero para los períodos posteriores a la afiliación tengo que mantener la categoría B??
Otra cosa, con lo de SDM pagué los intereses con 102 y 575 y me sigue dando deuda de centavos en casi todos los períodos, ahora hasta que me toque el nuevo turno seguro que me agarra el 1 de octubre y lo tengo que presentar con deuda cero, como pago esos centavos???
 #611380  por tincho_20
 
layeya escribió:Hola estaba a punto de enviar un sicam y a tenía turno y todo, pero me había olvidado de consultar el padrón histórico, cuando lo miré me salta inscripción. Obvio que con los cambios tengo que incorporar cuenta si o si con el 460. Al principio sabía manejar este tema pero después que empecé a liquidar todo en sicam 1 se me olvidaron muchas cosas. Me sale fecha de afiliación 01/90, fecha de inicio 10/89 (en el SICAM tengo que arrancar con 10/89???). Como última categoría me sale una B tengo entendido que en la ampliada puedo cambiarla, pero para los períodos posteriores a la afiliación tengo que mantener la categoría B??
Otra cosa, con lo de SDM pagué los intereses con 102 y 575 y me sigue dando deuda de centavos en casi todos los períodos, ahora hasta que me toque el nuevo turno seguro que me agarra el 1 de octubre y lo tengo que presentar con deuda cero, como pago esos centavos???
la respuesta a como tenes q armar la sitaucion de revista esta en este posteo.
por otro lado los intereses de SDM se calculan desde la pagina de afip:
http://www.afip.gob.ar/genericos/calcul ... revisional
 #611857  por layeya
 
Si, los intereses de sdm los calculé ahí, lo repasé un montón de veces y los pagué el mismo día que los calculé, el tema es que me dá igual deuda de 0,30 a 0,01 centavos, en cada período y ahora es todo un lío para pagarlos. Pasaba lo mismo cuando se pagaba intereses de monotributo, nunca te daba deuda cero.
 #611914  por danno
 
hola a todos. respecto del cese ficto hoy anses floresta no quiso aceptar como cese ficto ultimo pago. inscripcion puc (coincidente con padron hist. aut) 1/67 cese 02/2007 ultimo pago 04/93. 25321 del 04/93 al 02/2007. art. 3ro. solicitado 01/85 al 12/91.... me dan computo ilustrativo art. 3ro 1 año 01/85 al 12/85. que opinan?
 #611918  por juprevi
 
cuando figura fecha de cese,por ej muy comun 02/2007,es la que determina el cese,y si hubiera una inscripcion posterior, ej 02/2010, aunque no hubiera pagos, es esta fecha la que lo determina.
 #611933  por danno
 
juprevi escribió:cuando figura fecha de cese,por ej muy comun 02/2007,es la que determina el cese,y si hubiera una inscripcion posterior, ej 02/2010, aunque no hubiera pagos, es esta fecha la que lo determina.
Por lo q lei la 555 no aclara el tema del cese y en las conclusiones de este foro se toma como cese al ultimo pago. lo que no acepto anses
 #611978  por jorge_ar
 
Les pido ayuda, en mi provincia (ER) la UDAI le rechaza a mi cliente la compra de 5 años de servcios que iban a ser utilizados en la Caja de Jubilaciones Provincial, argumentando la 555.

Alguien sabe por que es aplicable al reconocimiento de servicios, como se puede probar la actividad autónoma.

Perdonen el nivel de la consulta, pero no soy experto en previsional.

Gracias a todos
 #611990  por hugo2
 
juprevi escribió:cuando figura fecha de cese,por ej muy comun 02/2007,es la que determina el cese,y si hubiera una inscripcion posterior, ej 02/2010, aunque no hubiera pagos, es esta fecha la que lo determina.
Tal cual judiht, es lo que me quisieron decir en anses, cuando pregunte a un iniciador por art 3, me dijo
" la fecha de cese es la fecha de cese o la baja de autonomos, esten pagados o no".
 #611992  por skey1972
 
Hola Gente, necesitaba saber con el tema de esta probatoria nueva...
Si tengo por ejemplo una afiliacion a partir del 94 y necesito comprar por moratoria donde agrego lo que compro...? en el Sicam 2 o en la situacion de revista original como se hacia antes o no???

La verdad que como me han dicho que depende de cada udai ahora no se como hacerlo...
Gracias
Kary
 #611994  por hugo2
 
jorge_ar escribió:Les pido ayuda, en mi provincia (ER) la UDAI le rechaza a mi cliente la compra de 5 años de servcios que iban a ser utilizados en la Caja de Jubilaciones Provincial, argumentando la 555.

Alguien sabe por que es aplicable al reconocimiento de servicios, como se puede probar la actividad autónoma.

Perdonen el nivel de la consulta, pero no soy experto en previsional.

Gracias a todos
La verdad que es complicado jorge, ese mismo tema me preguntaron algunos compañeros por mensaje personal y tienen que completar años con la moratoria y se jubilan por otra caja y no le encontra la vuelta todavia.
En el caso de hombres poniamos albañil, habra que llevar la pala, los ladrillos y el caso de las mujeres costurera, tendremos que llevar hilo y aguja.
Estan todos locos.
 #611995  por juprevi
 
si,hugo, ademas,repito tener en cuenta fecha de ultima inscripcion,porque tambien determina el cese,por ejemplo ,tengo un cliente que se inscribio 03/2006 en monotributo,no hay pagos,pero el cese es 2006
saludos
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