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  • DIFERENCIA SALARIAL - MULTA ART 10 24013

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #611957  por Romina27
 
Holis Colegas:
Tengo una consultita:
Un trabajador que comenzó a trabajar en diciembre de 2009, y en abril de 2010 le celebran un contrato a plazo fijo que finaliza el 30 de septiembre de 2010, pero lo registraron por medio día y en una categoría laboral que no es correcta. Estos son los datos:
Convenio Colectivo de empleados de comercio 130/75
Categoría: maestranza
Jornada Laboral: medio día
Sueldo básico 646,82
Sueldo que cobra Neto 1008.30 ( figura en los recibos de sueldos que tiene en su poder)

Les cuento que reclamo por una registración defectuosa y ahora tengo que practicar la liquidación correspondiente porque la verdadera realidad laboral de esta persona son:
Convenio Colectivo de empleados de comercio 130/75
Categoría laboral Auxiliar especializado b, es chofer de reparto a larga distancia
Jornada laboral completa( día entero)
Sueldo básico ( según convenio de escala salarial para esta categoría) $1380, en este importe no tengo en cuenta ninguno de los acuerdos no remunerativos para esta categoría.

La verdad estoy perdida : Mi consulta esta sobre como practicar la liquidación final para reclamar lo que corresponde:

1) ¿ como se calcula la diferencias salariales? que importes debo tener en cuenta?
tengo que tener en cuenta los dos básicos es decir $1380( que es la nueva categoría que reclamo) y restar los $646 ( que es lo que figura en el recibo de sueldo? estos básicos son los que aparecen en la escala salarial del convenio).
Se calculan dese abril que es cuando lo registraron falsamente? y con los meses anteriores que estaban totalmente en negro?


2) esta persona al encuadrarla en categoría b de personal auxiliar especializado es porque es chofer de reparto de larga distancia, le corresponde adicionales por Kms: ¿ como los reclamo? según el convenio aplicable es de 0.13 por los 1º 100km y de 0.16 por más de 100 kms, este trabajador realiza aprox. 4000 kms por mes, nunca se le reconoció nada de esto por estar encuadrado en otra categoría( maestranza)
Este adicional se liquida con el sueldo básico? o en la liquidación final cuando estipulo todos los rubros de indemnizaciones que corresponden puede establecer un rubro que diga adicionales y realizar el calculo de lo que es por mes es decir los 4000kms y multiplicarlo por el tiempo que no se lo pagaron?

3) y por ultimo para la aplicación de la multa del art10 de la ley 24013,: " empleador que consignare en la documentación laboral una remuneración menor a la que percibe el trabajador en forma real" ¿sobre que lo calculo? a este trabajador el recibo final de sueldo por la media jornada era de básico $646 final de$1008 y en negro le entregaban $400. Pero como hago para reclamarlo si en realidad a esta persona le correspondía otra categoría laboral y otra jornada laboral.

Como ven estoy super perdida, es mi primera liquidación y no quiero meter la pata.
Cualquier ayudita será bienvenida!!!!!!!
Desde ya muchas gracias!!!
Saludos!
 #612252  por DraSolcito
 
Hola Romina:

1) Las diferencias salariales se calculan como la diferencia entre lo que percibió ($646.82 + No Remunerativos) y lo que debería haber percibido ($1380 + No Remunerativos). Yo lo hago siempre sobre el bruto y suelo hacer un detalle en la demanda explicando de dónde salieron los números. Se calculan sobre tooooodita la relación laboral, sin importar si estuvo registrado o no.

2) En cuanto al adicional por km, me inclino por la segunda opción: calcularlo por separado tomando como base los 4000km por mes promedio y multiplicandolo por todo el tiempo que no le pagaron. La verdad no conozco este punto del convenio pero revisalo porque quizás lo podés sumar a la base de cálculo para la indemnización por antiguedad.

3) Por ultimo, la 24.013. Acá tenemos un temita: ojo con el punto 1. Si reclamamos las diferencias, tenemos que decir que también percibía dinero en negro. Ojo con no pisarte ahí. Ahora bien, antes decías que al inicio de la relación laboral no estaba registrado. Por ese período, calculás el 25% sobre la totalidad del salario por la cantidad de meses que estuvo en negro. Ahora, si despues le blanquearon parte del sueldo, calculás el 25% sobre el monto que percibía en negro (estos $400 que referís), por supuesto, por la cantidad de meses que se le liquidó así el sueldo.

Espero haber ayudado!