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  • A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #613125  por pabl0
 
Buenas noches, tengo un problemita con una causa de derecho de familia.
Mi clienta quiere pedir una cuota de alimentos para su hija mayor de edad, el padre dejo de pasar la cuota exactamente el dia que la hija cumplio la mayoria de edad, lo cual fue hace un mes.
El problema es que no tengo claro si puede pedir la cuota o no? Aclaro que la chica esta estudiando en una Universidad publica y sigue una carrera de informatica, pero necesita el dinero para poder comprar los materiales que le piden. Me acerco un certificado de alumna regular. En caso de poder solicitar la cuota es la misma hija quien deberia formular el pedido, no? hay algun cambio en el procedimiento respecto del pedido de alimentos para un menor de edad?
MUCHAS GRACIAS!
 #613162  por Carmen Susana
 
Se la dejó de pasar o pidió cesación de la cuota alimentaria? Hay mucha jurisprudencia respecto a que los padres deben continuar con la cuota alimentaria cuando los hijos estudian.- La tiene que pedir la hija porque ya es mayor de edad.-
 #613192  por gero
 
De acuerdo a la modificacion legal la mayoria de edad es a los 18 años pero el deber de alimentos corre hasta los 21 años - desde los 18 y hasta que termine de estudiar (con pruebas obvio) la hija puede demandar a ambos padres la cuota.
El alimentante que paga a su representante despues de los 18 años paga mal.-
 #613651  por Manyapapele
 
estimado porque dice que paga mal el alimentante que paga a su representante--creo que ud esta equivocado- imagine que existe un convenio firmado por el alimentante y la madre de pasar la cuota hasta la mayoria de edad-- en este caso con la modificacion de la ley--nada obsta-.- a que no siga pagando el alimentante--la ley es clara-- la obligacion alimentaria subsiste hasta los 21 años!! ojo!!
y si por convenio , la cuota lo cobra la madre-- esta bien, ya que ella administar el dinero
o si el menor quiere administrarlo el mismo--que se presente al expediente y lo pida!!!
ya lo devatimos este punto.
NO CREO QUE PAGUE MAL SI LE PAGA A LA MADRE.-
saluditos.-











gero escribió:De acuerdo a la modificacion legal la mayoria de edad es a los 18 años pero el deber de alimentos corre hasta los 21 años - desde los 18 y hasta que termine de estudiar (con pruebas obvio) la hija puede demandar a ambos padres la cuota.
El alimentante que paga a su representante despues de los 18 años paga mal.-
 #613677  por gero
 
Respeto su opinion pero no la comaparto, pues a los 18 años cesa la patria potestad y la persona (como si fuera en la anterior a los 21) tiene capacidad para adquirir derechos y contraer obligaciones, lo unico que queda vigente la obligacion alimentaria hasta los 21 años, pero al 50%, pues son dos los padres y no uno, pero la legitimidad activa la tiene el mayor de 18 años, es decir que si el alimentado quiere reclamar a ambos padres alimentos y vivir de vacan hasta los 21 años lo puede hacer, luego de ello puede pedir que se le siga dando por razones de estudio (esta modificacion legal tiene sus cuestiones y no creo estar equivocado). - Pero a esto nada obsta si el padre quiere asumir solo la carga alimentaria lo pueda hacer, pero siempre a pedido del hijo ya no menor.-
 #613780  por Manyapapele
 
estimado, la obligacion del 50 % a cada progenitor, siempre fue asi antes y ahora lo mismo.
saludos :|



gero escribió:Respeto su opinion pero no la comaparto, pues a los 18 años cesa la patria potestad y la persona (como si fuera en la anterior a los 21) tiene capacidad para adquirir derechos y contraer obligaciones, lo unico que queda vigente la obligacion alimentaria hasta los 21 años, pero al 50%, pues son dos los padres y no uno, pero la legitimidad activa la tiene el mayor de 18 años, es decir que si el alimentado quiere reclamar a ambos padres alimentos y vivir de vacan hasta los 21 años lo puede hacer, luego de ello puede pedir que se le siga dando por razones de estudio (esta modificacion legal tiene sus cuestiones y no creo estar equivocado). - Pero a esto nada obsta si el padre quiere asumir solo la carga alimentaria lo pueda hacer, pero siempre a pedido del hijo ya no menor.-
 #613885  por gero
 
Eso es correcto- lo que quise decir es que el hijo luego de los 18 años, debe demandar a la madre y al padre alimentos y no a uno solo, que por lo gral era al padre.-
Es mas si el hijo no quiere estudiar ni trabajar, y solo quiere vacacionar entre los 18/21 nada se lo impide, los padres les deben pagar alimentos e inclusive alquiler si no se los proveen.-
saludos
 #628360  por Manyapapele
 
ahora entre en una duda...que pasa en este caso cuando el hijo menor de 19años--trabaja-- y tiene sus ingresos propios, y el padre, continua pagando la cuota a la madre..por convenio firmado en la separacion --hace 15 años--
debe seguir pagando?
debe dejar de pagar?
debe correr traslado asu hijo--mayor de 19 años-- a que se presente y depositarle el dinero en el juzgado?
opinen!!!!!!!!!!!!
que tema este cambio de ley!! :oops:
 #628367  por Carmen Susana
 
[quote="Manyapapele"]ahora entre en una duda...que pasa en este caso cuando el hijo menor de 19años--trabaja-- y tiene sus ingresos propios, y el padre, continua pagando la cuota a la madre..por convenio firmado en la separacion --hace 15 años--
debe seguir pagando?
debe dejar de pagar?
debe correr traslado asu hijo--mayor de 19 años-- a que se presente y depositarle el dinero en el juzgado?
opinen!!!!!!!!!!!!
que tema este cambio de ley!! :oops:[/quote]
Si el hijo no necesita la cuota alimentaria debe el padre solicitar la cesación de la cuota ofreciendo pruebas que el hijo tiene sus propios ingresos.- La madre carece de legitimación para cobrar la cuota alimentaria de su hijo, ya que no es más su representante legal.- No sé cómo paga el padre, si es en Cuenta Judicial que pida que se abra nueva cuenta judicial a nombre del hijo.- Si te explayas más en el caso concreto te puedo ayudar-
 #628372  por Carmen Susana
 
[quote="gero"]Eso es correcto- lo que quise decir es que el hijo luego de los 18 años, debe demandar a la madre y al padre alimentos y no a uno solo, que por lo gral era al padre.-
Es mas si el hijo no quiere estudiar ni trabajar, y solo quiere vacacionar entre los 18/21 nada se lo impide, los padres les deben pagar alimentos e inclusive alquiler si no se los proveen.-
saludos[/quote]
Por qué a uno solo? Siempre se demanda al más solvente.- No existe litisconsorcio pasivo necesario.- Hay que ver las circunstancias de cada caso para saber a quién demandar.- Si tengo un padre rico y una madre pobre, jurídicamente qué me obliga a demandar a los dos?
 #628375  por Carmen Susana
 
[quote="Manyapapele"]estimado porque dice que paga mal el alimentante que paga a su representante--creo que ud esta equivocado- imagine que existe un convenio firmado por el alimentante y la madre de pasar la cuota hasta la mayoria de edad-- en este caso con la modificacion de la ley--nada obsta-.- a que no siga pagando el alimentante--la ley es clara-- la obligacion alimentaria subsiste hasta los 21 años!! ojo!!
y si por convenio , la cuota lo cobra la madre-- esta bien, ya que ella administar el dinero
o si el menor quiere administrarlo el mismo--que se presente al expediente y lo pida!!!
ya lo devatimos este punto.
NO CREO QUE PAGUE MAL SI LE PAGA A LA MADRE.-
saluditos.-
La madre ya no es representante legal de su hijo, no puede cobrar.- Si existe un convenio entre el hijo y la madre que los presente al proceso.-











[quote="gero"]De acuerdo a la modificacion legal la mayoria de edad es a los 18 años pero el deber de alimentos corre hasta los 21 años - desde los 18 y hasta que termine de estudiar (con pruebas obvio) la hija puede demandar a ambos padres la cuota.
El alimentante que paga a su representante despues de los 18 años paga mal.-[/quote][/quote]
 #628388  por Manyapapele
 
coincido estimada. :|

Carmen Susana escribió:Estoy de acuerdo en cuanto a que alimentado que paga a quien no es su representante lega paga mal.-